Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 569/97 Declárase de interés nacional la "Olimpíada
Internacional de Matemática". Bs. As., 14/5/97 B.O. 20/5/97
VISTO, el Expediente N° 93/97 del Registro de la Secretaría
General de la Jefatura de Gabinete de Ministros por medio del
cual la Honorable Cámara de Senadores de la Nación
por medio de la Comunicación PE-1006/96 propicia declarar
de interés nacional la "Olimpíada Internacional
de Matemática" y
CONSIDERANDO:
Que la "Olimpíada Internacional de Matemática"
se realiza anualmente desde el año 1959, reuniendo en cada
edición a casi quinientos estudiantes secundarios de todo
el mundo, los cuales compiten en la resolución de problemas
de mediana y compleja dificultad.
Que en reconocimiento al fuerte impulso que en los últimos
años cobró entre nuestros jóvenes la participación
en esas competencias mundiales, nuestro país ha sido designado
sede para este importante acontecimiento, lo cual implica un reconocimiento
hacia nuestro pueblo y su nivel educativo.
Que los jóvenes argentinos participantes surgen de una
elección que realiza la "Olimpíada Matemática
Argentina en todo el territorio del país, reuniendo todos
los años alrededor de 350.000 estudiantes de distintos
colegios y jurisdicciones.
Que la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y
el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO han tomado la intervención correspondiente dictaminando
favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.
Por ello.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1°-Declárase de interés nacional
la "Olimpíada Internacional de Matemática",
a desarrollarse del 18 al 31 de julio de 1997, en la ciudad de
Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
Art. 2° -La declaración otorgada por el artículo
1° del presente acto administrativo no generara ninguna erogación
presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° -Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto
A. Kohan