Comisión Nacional de Comunicaciones SERVICIOS POSTALES Resolución 585/97 Mantiénese la inscripción de Dis-Cor S. R. L.
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. Bs. As., 22/5/97 B.O: 28 / 5 / 97
VISTO el expediente N° 173 del Registro de la ex-COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma denominada DIS-COR S.
R. L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el
Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 11 de abril de 1996, bajo el numero TRESCIENTOS
NOVENTA Y CINCO (395).
Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han
sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el
artículo 11 del Decreto N° 1187/93 (t. o. 1997).
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimento de la totalidad
de las reglamentaciones normadas por el artículo 1°
inciso d) del Decreto N° 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 56/57
mediante el Dictamen N° 69230/GJNR/97 y manifiesta no tener
objeciones de índole legal que formular.
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
DIS-COR S. R. L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6° inciso d") del Decreto N° 1185/90
y normas concordantes y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°-Declárase que la firma denominada
DIS-COR S. R. L. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los
requisitos previstos en el Decreto N° 1187/93 (t. o. 1997)
que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2°-Mantiénese inscripta a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el numero TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO (395).
Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.-Roberto C. Catalán. -Roberto E. Uanini.-Hugo
Zothner.-Antonio S. Name.-Patricio Feune de Colombi.- Federico
N. A. Luján de la Fuente.-Alberto J. Gabrielli.