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Resolución 634/97 del 28/05/97





Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 634/97

Decláranse de interés nacional los actos celebratorios
del centenario del arribo al Puerto de Buenos Aires de los primeros
colonos polacos procedentes de Galitzia Oriental.


Bs. As., 28/5/97

B.O: 5/6/97

VISTO el Expediente N° 2200/97 del Registro de la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación por medio del cual
tramita la solicitud efectuada por la Honorable Cámara
de Senadores de la Nación para declarar de interés
nacional los actos celebratorios del centenario de la inmigración
polaca, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 24.601 se instituyó el 8 de junio de
cada año como "Día del Colono Polaco",
a fin de reinvindicar la memoria de quienes, con tesón
y sacrificio contribuyeron de manera efectiva a construir la historia
de nuestro país.

Que el Honorable Senado de la Nación mediante la Resolución
PE-406/97 de fecha 21 de mayo de 1997 ha declarado de interés
legislativo y cultural los actos que se llevarán a cabo
con motivo de cumplirse el centenario del arribo al Puerto de
Buenos Aires de los primeros colonos polacos procedentes de Galitzia
Oriental, por ese entonces territorio austríaco.

Que los festejos aludidos se realizarán con la participación
activa de descendientes de aquellos nobles inmigrantes, quienes
comparten sus costumbres, tradiciones y culturas afines.

Que la Jefatura de Gabinete de Ministros ha tomado intervención,
propiciando el dictado de la presente.

Que en razón de lo expuesto se considera conveniente declarar
dichas celebraciones de interés nacional.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION,

RESUELVE:

Artículo 1°-Decláranse de interés
nacional los actos celebratorios del centenario del arribo al
Puerto de Buenos Aires de los primeros colonos polacos procedentes
de Galitzia Oriental.

Art. 2°-La declaración otorgada por el artículo
1° del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001-
SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Alberto A. Kohan.

Administracionius UNLP

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