Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 687/97 Declárase de interés nacional el "I Congreso
Panamericano de Actuarios y III Congreso Argentino de Actuarios". Bs.As., 11/6/97 B.O: 19/6/97
VISTO el Expediente Nº 3750/96 del Registro de la Jefatura
de Gabinete de Ministros por medio del cual tramita la solicitud
de declarar de interés nacional el "I Congreso Panamericano
de Actuarios y III Congreso Argentino de Actuarios", y
CONSIDERANDO:
Que el evento ha sido organizado por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas de la Capital Federal y el Instituto
Actuarial Argentino.
Que el congreso se desarrolló con el objetivo de estudiar
los asuntos concernientes a los aspectos actuariales, tanto teóricos
como prácticos, en las distintas áreas de actuación:
fomentar el intercambio de conocimientos y opiniones entre los
actuarios: promover el máximo nivel del ejercicio profesional
y difundir la actuación profesional del actuario dentro
de la sociedad.
Que han participado destacados especialistas del país y
del exterior, instituciones representativas del quehacer económico,
representantes de organismos nacionales e internacionales relacionados
con el estudio de la materia actuarial y autoridades nacionales,
provinciales y municipales.
Que los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y
de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado
la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas
por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y
sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º-Considérese declarado de
interés nacional el "I Congreso Panamericano de Actuarios
y III Congreso Argentino de Actuarios", desarrollado en la
ciudad de Buenos Aires, entre el 21 y 23 de mayo de 1997.
Art. 2º-La declaración otorgada por el artículo
1º del presente acto administrativo no generará ninguna
erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001
- SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Alberto A. Kohan.