Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación PESCA Resolución 706/97 Suspendése la pesca de la especie Corvina Rubia (Micropogonias
furnieri) para los buques de bandera nacional. Bs. As., 18/9/97 B.O: 24/9/97
VISTO el expediente Nº 800-007585/97 del registro de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el Decreto Nº
2236 del 24 de octubre de 1991, y la Resolución Nº
245 del 13 de diciembre de 1991 del registro de la ex-SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo expuesto en el Informe Técnico Nº 92
de fecha 21 de agosto de 1997 del registro del INSTITUTO NACIONAL
DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), se ha llegado
al máximo de captura permisible para la especie CORVINA
RUBIA (Micropogonias furnieri).
Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades emergentes
del artículo 11 del Decreto Nº 2236 de fecha 24 de
octubre de 1991.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1º-Suspendése a partir del
día de la fecha y hasta el 31 de diciembre del corriente
año la pesca de la especie CORVINA RUBIA (Micropogonias
furnieri) para los buques de bandera nacional, por haberse alcanzado
la captura máxima permisible.
Art. 2º-La violación a la medida dispuesta
hará pasible al infractor de las sanciones previstas en
la legislación vigente, para cuya graduación se
tendrá especialmente en cuenta la situación actual
del recurso cuya pesca se veda.
Art. 3º-Las infracciones a la presente serán
sancionadas con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 22.107.
Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe
C. Solá.