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Resolución 726/98 del 26/05/98




Comisión Nacional de Comunicaciones



SERVICIOS POSTALES



Resolución 726/98



Mantiénese la inscripción de la empresa Manuel
Tienda León S.A. en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales.



Bs. As., 26/5/98



B.O.: 02/06/98



VISTO el expediente Nº 116 del Registro de la ex-COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y


CONSIDERANDO:


Que en las presentes actuaciones la firma denominada MANUEL TIENDA
LEON S.A. ha solicitado que se mantenga su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.



Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 17 de febrero de 1995, con el número
DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES (293).


Que en relación a lo peticionado, se ha verificado que
la empresa ha dado cumplimiento a las condiciones exigidas por
el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93, modificado
por Decreto Nº 115/97, para el mantenimiento de su inscripción.



Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.


Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.


Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 96/97
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.



Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
MANUEL TIENDA LEON S.A.


Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d") del Decreto Nº 1185/90
y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución
CNC Nº 31/98.


Por ello,


EL DIRECTOR DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:


Artículo 1º-Declárase que la firma denominada
MANUEL TIENDA LEON S.A. ha acreditado el cumplimiento de los requisitos
previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios,
para el mantenimiento de su inscripción en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.


Art. 2º-Mantiénese inscripta a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el número DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES (293).


Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.- Federico N. A. Luján de la Fuente.


Administracionius UNLP

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