Comisión Nacional de Comunicaciones
SERVICIOS POSTALES
Resolución 732/98
Mantiénese la inscripción de la empresa Cartas
S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Bs. As., 26/5/98
B.O: 2/6/98
VISTO el expediente N° 58 del Registro de la ex-COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma denominada CARTAS S.R.L.
ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 7 de enero de 1994, con el número
CIENTO CINCUENTA Y TRES (153).
Que en relación a lo peticionado, se ha verificado que
la empresa ha dado cumplimiento a las condiciones exigidas por
el artículo 11 del Decreto N° 1187/93, modificado por Decreto
N° 115/97, para el mantenimiento de su inscripción.
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 89/90
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
CARTAS S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d") del Decreto N° 1185/90
y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución
CNC N° 31/98.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°-Declárase que la firma denominada
CARTAS S.R.L. ha acreditado el cumplimiento de los requisitos
previstos en el Decreto N° 1187/93 y sus modificatorias,
para el mantenimiento de su inscripción en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2°-Mantiénese inscripta a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el número CIENTO CINCUENTA Y TRES (153).
Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.- Federico N. A. Luján de la Fuente.