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Resolución 75/98 del 12/3/98




Secretaría de Turismo



ADHESIONES OFICIALES



Resolución 75/98



Declárase de interés turístico la competencia
deportiva 1000 Millas Sport de la República Argentina -
La Aventura III.



Bs. As., 12/3/98



B.O: 31/03/98



VISTO al Expediente Nº 246/98 del Registro de la SECRETARIA
DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, Y


CONSIDERANDO:


Que el Comité Organizador informa sobre la realización
de las 1000 Millas Sport de la REPUBLICA ARGENTINA - La Aventura
III -, a llevarse a cabo desde el día 4 hasta el 8 de noviembre
de 1998 partiendo desde Bariloche en etapas, para recorrer Junín
de los Andes, Esquel, Villa la Angostura y alcanzar Puyehue en
CHILE, y finalizar en Bariloche.


Que esta competencia se encuentra incluida en el Calendario de
la Federación Internacional de Vehículos Antiguos
- F.I.V.A. - como una fecha mundial para el automovilismo sport
histórico.


Que este acontecimiento deportivo para autos de Epoca, es una
carrera de regularidad de trascendencia internacional, a realizarse
en la zona del Sur argentino, donde participarán tripulaciones
y vehículos, tanto del exterior como de nuestro país,
en un circuito donde la naturaleza se ofrece en todo su colorido.



Que es propósito de este organismo brindar acontecimientos
de carácter deportivo que se constituyen en un motivo que
hace a la promoción y difusión de la REPUBLICA ARGENTINA.



Que esta medida no implica costo fiscal.


Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto Nº 1407 de fecha 3 de diciembre
de 1996.


Por ello,


EL SECRETARIO DE TURISMO

RESUELVE:


Artículo 1º-Declarar de Interés Turístico
la competencia deportiva 1000 Millas Sport de la REPUBLICA ARGENTINA
- La Aventura III - a realizarse en etapas partiendo desde Bariloche
- provincia de Río Negro - para recorrer Junín de
los Andes - provincia del Neuquén - Esquel - provincia
de Chubut - Villa la Angostura provincia del Neuquén -
Puyehue - CHILE - y finalizar en Bariloche - desde el 4 hasta
el 8 de noviembre de 1998.


Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Francisco
Mayorga.

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