Comisión Nacional de Comunicaciones SERVICIOS POSTALES Resolución 775/97 Mantiénese se la inscripción de Bolivie Tur Pasajes
S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. Bs. As., 18/6/97 B. O.: 24/6/97
VISTO el expediente Nº 327 del Registro de la ex - COMISION
NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma denominada BOLIVIE TUR
PASAJES S. R. L. ha solicitado que se mantenga su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 29 de marzo de 1996, bajo el número
TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE (387).
Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han
sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el
artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 (t.o. 1997).
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman partes de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marres no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectúo el formal cumplimento de la totalidad
de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º
inciso d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 81
mediante el Dictamen Nº 69312/GJNR/97 y manifiesta no tener
objeciones de índole legal que formular.
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional del Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
BOLIVIE TUR PASAJES S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d") del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º- Declárase que la firma
denominada BOLME TUR PASAJES S.R.L. mantiene el cumplimiento de
la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto Nº
1187/93 (t.o. 1997) que justificaron oportunamente su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2º- Mantiénese inscripta a la empresa
referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales
bajo el número TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE (387).
Art. 3º- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese. - Roberto C. Catalán. - Roberto E.
Uanini. - Hugo Zothner. - Alberto J. Gabrielli. - Federico N.
A. Luján de la Fuente. - Antonio S. Name.