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Resolución 779/98 del 07/07/98



Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES

Resolución 779/98

Declárase de interés nacional al "VII Congreso Argentino de Derecho Societario, III Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa", a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 7/7/98

B.O: 14/07/98

VISTO el Expediente Nº 4239/98 del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al "VII Congreso Argentino de Derecho Societario, III Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa", y

CONSIDERANDO:

Que este acometimiento es organizado por la Universidad Argentina de la Empresa, por intermedio de su Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas y la Cámara de Sociedades Anónimas.

Que el mismo funcionará bajo el título "La Sociedad Comercial ante el Tercer Milenio", teniendo entre sus objetivos más destacables el de lograr el intercambio de opiniones e ideas de los participantes para la configuración de corrientes doctrinales y jurisprudenciales respecto de sociedades comerciales y empresas.

Que se contará con la presencia de destacados profesores de la materia, profesionales del derecho y de las ciencias económicas y demás profesionales universitarios relacionados con los temas a tratar, como así también con la asistencia de empresarios y ejecutivos interesados en los problemas empresariales y societarios.

Que los MINISTERIOS de JUSTICIA y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º–Declárase de interés nacional al "VII Congreso Argentino de Derecho Societario, III Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa", a desarrollarse del 17 al 19 de septiembre de 1998, en la ciudad de Buenos Aires.

Art. 2º–La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 2001 - -SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º–Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.–Alberto A. Kohan.

Administracionius UNLP

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