INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución 785/97 Bs. As., 23/5/97. B.O: 29 / 5 / 97
VISTO el Expediente N° 2225/96/lNCAA, la Resolución
N° 1005/96/lNCAA por la cual se llama a Concurso para la
Producción por el sistema de Coparticipación de
UNA (1) Película Nacional de Largometraje cuya temática
refiera a sucesos de Recreación Histórica Nacional,
de conformidad con el régimen previsto por el artículo
52 y siguientes de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias;
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 11 de la Resolución N° 1005/96/lNCAA
establece la designación de un Jurado propuesto por el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la selección
de los proyectos del llamado a Concurso para la Producción
por el sistema de Coparticipación de UNA (1) Película
Nacional de Largometraje, cuya temática refiera a sucesos
de Recreación Histórica Nacional.
Que el mencionado Jurado estará integrado por CINCO (5)
miembros, los cuales serán: Un Director Cinematográfico,
un Guionista, un Productor, un Técnico Cinematográfico
y un Historiador, debiéndose nombrar un suplente por cada
uno de ellos.
Que el artículo 12 de la citada Resolución, establece
el plazo no mayor de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos
para la elección del proyecto ganador y un suplente.
Que debe dictarse resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1°-Desígnase al Jurado para la selección
de los proyectos del llamado a Concurso para la Producción
por el sistema de Coparticipación de UNA (1) Película
Nacional de Largometraje, cuya temática refiera a sucesos
de Recreación Histórica Nacional, el cual estará
integrado de la siguiente manera: Como Director Cinematográfico
el señor Eduardo CALCAGNO (C.I. N° 3.832.721), como
Guionista el señor José MARTINEZ SUAREZ (C. I. N°
2.323.252), como Productor el señor Oscar KRAMER (C. I.
N° 3.904.094), como Técnico Cinematográfico
el señor Alejandro Arturo PIMENTEL (D.N.I. N° 4.597.249)
y como Historiador el señor León Benaros (D.N.I.
N° 934.124) (C. I. N° 2.644.653).
ARTICULO 2°-Los integrantes del Jurado del Concurso
serán contratados por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES por el término de CUARENTA Y CINCO (45) días,
percibiendo en tal carácter una remuneración equivalente
a la de un agente Nivel "B" Grado "0" del
SINAPA.
ARTICULO 3°-Los integrantes del mencionado Jurado
deberán ajustar su actuación a lo dispuesto por
la Resolución N° 1403/96/lNCAA
ARTICULO 4º- La Dirección de Administración
deberá disponer de los fondos necesarios para cumplimentar
con lo establecido en el artículo precedente.
ARTICULO 5°-Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y oportunamente archívese.-JULIO MAHARBIZ,
Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 29/5 N° 187.223 v. 29/5/97