Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 80/98
Reconócese a la Congregación de los Oblatos de
la Virgen María - Provincia de Santa María de los
Buenos Aires, como persona jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 12/1/98
B.O: 28/01/98
VISTO lo solicitado por la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN
MARIA - PROVINCIA DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES -, y
CONSIDERANDO:
Que la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN MARIA - PROVINCIA
DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES es un Instituto de Vida Consagrada
de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, en los términos previstos por
el Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando el decreto de erección,
sus constituciones, memoria y constancia de su admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad
eclesiástica competente.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la Ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica
a la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN MARIA - PROVINCIA
DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES - con sede legal en calle Pedro
Goyena, número MIL NOVECIENTOS NOVENTA (1990), localidad
de Castelar, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y domicilio especial en
calle Plaza, número MIL CIENTO SESENTA (1160), CIUDAD DE
BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO
CUARENTA Y CUATRO ( 144) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada
el carácter de entidad de bien público, a todos
los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel
M. Centeno.