Comisión Nacional de Comunicaciones SERVICIOS POSTALES Resolución 862/97 Inscríbese a la empresa Postal S. A. en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales Bs. As., 15/7/97 B.O. : 18/7/97
VISTO el expediente Nº 3117 del Registro de la COMISION NACIONAL
DE COMUNICACIONES de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma POSTAL S. A. ha solicitado
su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de
Servicios Postales.
Que en relación a lo peticionado han sido cumplidas la
totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11
del Decreto Nº 1187/93 (t. o. 1997).
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad
de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º
inciso d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 102/103
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.
Que en consecuencia procede disponer la inscripción en
el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la
firma denominada POSTAL S. A.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d") del Decreto Nº 1185/90
y normas concordarles y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase que la empresa
POSTAL S. A. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos
en el Decreto Nº 1187/93 (t. o. 1997) para su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales,
por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.
Art. 2º - Inscríbase a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el número CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS (476).
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese. - Roberto C. Catalán. - Roberto E.
Uanini. - Hugo Zothner. - Patricio Feune de Colombi. - Antonio
S. Name.- Federico N. A. Luján de la Fuente. - Alberto
J. Gabrielli.