Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 89/99 del 21/5/99




Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Alimentación

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 89/99

Auspíciase el Foro Agropecuario "2000", que se llevará a cabo en las Ciudades de General Pico, Venado Tuerto, Bahía Blanca y Pergamino.

Bs. As., 21/5/99

VISTO el expediente Nº 800-002938/99 del registro de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO:

Que la Empresa MCD & SERVICIOS EMPRESARIOS, solicita el Auspicio de esta Secretaría para el FORO AGROPECUARIO "2000", que se llevará a cabo en las Ciudades de General Pico, Provincia de LA PAMPA, Venado Tuerto, Provincia de SANTA FE, Bahía Blanca y Pergamino, Provincia de BUENOS AIRES, entre los meses de mayo a setiembre, de 1999.

Que los objetivos que se persiguen con la realización de dicho evento se hallan estrechamente ligados a la acción que lleva a cabo en la materia esta Secretaría.

Que estas actividades pretenden promover el intercambio de experiencias, propuestas y nuevas soluciones tecnológicas y empresariales para maximizar los beneficios del sector.

Que debido a las directivas impartidas por el Gobierno de la Nación en materia de contención del gasto público la presente medida no implica costo fiscal alguno.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 1º, inciso 11) del Decreto Nº 101 de fecha 16 de enero de 1985, modificado por su similar Nº 2202 del 14 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:

Artículo 1º
— Otorgar el Auspicio de esta Secretaría para el FORO AGROPECUARIO "2000", que se llevará a cabo en las Ciudades de General Pico, Provincia de LA PAMPA, Venado Tuerto, Provincia de SANTA FE, Bahía Blanca y Pergamino, Provincia de BUENOS AIRES, entre los meses de mayo a setiembre, de 1999.

Art. 2º
— La medida dispuesta por el artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno.

Art. 3º
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo J. Novo.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 89/99 del 21/5/99