Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 890/98
Reconócese a las Hermanas Pobres Bonaerenses de San
José, como persona jurídica y entidad de bien público.
Bs. As., 4/3/98
B.O: 6/04/98
VISTO lo solicitado por las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN
JOSE, y
CONSIDERANDO:
Que las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN JOSE, es un Instituto
de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado
su carácter de persona jurídica pública dentro
de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas
del Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos dos requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección y memoria, debidamente aprobadas por
la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la Ley Nº 24.483.
Por ello.
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica
a las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN JOSE, con sede legal
en Avenida Presidente Perón, número SETECIENTOS
TREINTA Y CUATRO (734), Partido de San Miguel, PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, y domicilio especial en calle Azcuénaga, número
MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS (1266), Ciudad de BUENOS AIRES,
la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA
Y CINCO 1155) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada
el carácter de entidad de bien público, a todos
los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.