Comisión Nacional de Zonas de Seguridad
ZONAS DE SEGURIDAD
Resolución 964/98
Suspéndese todo trámite de previa conformidad para el otorgamiento de permisos y/o concesiones de servicios a prestar en los Pasos de Frontera habilitados y Centro de Frontera.
Bs. As., 4/6/98
B.O: 11/06/98
VISTO el Decreto Ley N° 15.384/44 modificado por la Ley N° 23.354 de Defensa Nacional.
CONSIDERANDO:
Que la norma mencionada en primer lugar otorga a la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad la facultad de resolver dentro de su jurisdicción el otorgamiento de concesiones y/o permisos que las autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales, deban solicitar para autorizar su explotación, competencia hoy transferida a órbita de la Secretaria de Seguridad Interior.
Que la cantidad de solicitudes formuladas por terceros interesados a fin de obtener previa conformidad para desempeñar los distintos servicios que se prestan en los Pasos de Frontera habilitados, exceden las necesidades propias de cada uno de ellos.
Que a fin de lograr igualdad de oportunidades entre los postulantes y debida transparencia en la resolución de dichas solicitudes, corresponde impulsar su otorgamiento por las disposiciones que regulan el proceso licitatorio vigente.
Que a tal efecto la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad tiene en avanzado trámite de análisis, los pliegos de Bases y Condiciones pertinentes.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISION NACIONAL DE ZONAS DE SEGURIDAD
RESUELVE:
Artículo 1°-Suspéndese todo trámite de previa conformidad para el otorgamiento de permisos y/concesiones de servicios a prestar en los Pasos de Frontera habilitados y Centro de Frontera, por las razones mencionadas en los considerandos.
Art. 2°-Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.- Miguel A. Toma.