Secretaría de Industria,
Comercio y Minería INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Resolución 971/97 Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por
la firma "V.M.G. Sociedad Anónima". Bs. As., 24/9/97 B.O: 29/9/97
VISTO el expediente Nº 060-0001900/97, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "V.M.G. SOCIEDAD
ANONIMA", con domicilio en Parque Industrial Rafaela-Ruta 34 Norte-Rafaela,
Provincia de Santa Fe, solicita la aprobación de un plan de intercambio
compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente
de la Industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de
la legislación aplicable.
Que la Subsecretaria de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a
lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M.
eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución
S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución
S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero
de 1996 y en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M.
eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996, y sus modificatorias Resolución
S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución
S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio
en Parque Industrial Rafaela-Ruta 34 Norte-Rafaela, Provincia de Santa
Fe, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (l) foja que
forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud
a que se refiere la presente resolución se regirán por el
Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M.
eI. Nº 190 del 29 de abril de 1996, y sus modificatorias Resolución
S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución
S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria
en el expediente M.E.yO.yS.P. Nº 060-001900/97.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que
hubiere lugar, la firma "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA", constituye domicilio
especial en Balcarce 260- 2º piso "A" de la Capital Federal, donde
serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales
que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia
la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital
Federal.
Art. 4º-La presente resolución comenzará a
regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º-Notifíquese a la interesada.
Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 971
Expediente Nº 060-001900/97
Empresa: "V.M.G. SOCIEDAD ANONIMA".
Productos a Exportar:
Posición N.C.M. Descripción
8413.30.90 Bomba de agua
8413.91.00 Juego de reparación
Productos a Importar:
Posición N.C.M. Descripción
8482.10.10 Eje a rodillo
8413.91.00 Partes de Bomba
8413.30.90 Bomba de agua
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