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Resolución C.21/97 del 30/05/97





Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C.21/97

Fíjanse límites mínimos de tenor alcohólico
real para los Vinos de Mesa y/o Regionales, elaboración
1997 unificados con remanentes de elaboración 1996 y anteriores,
que se liberen al consumo en las zonas de origen: Córdoba,
San Luis, Valles Calchaquíes, La Rioja y Catamarca.


Mendoza. 30/5/97

B.O: 11/6/97

VISTO la Ley N° 14.878, la Resolución N° C-071/92,
y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° C-71/92 en su punto 1.1. incisos
a) y b), establece que el Organismo fijará anualmente el
grado alcohólico mínimo que deben contener los Vinos
de Mesa y Regionales para su liberación al consumo.

Que el Operativo Control Cosecha y Elaboración llevado
a cabo en las zonas de origen de Córdoba, San Luis, Valles
Calchaquíes, La Rioja y Catamarca ha permitido a este Instituto
reunir antecedentes técnicos suficientes para determinar
la riqueza alcohólica de los caldos obtenidos, de acuerdo
a los tenores azucarinos de las uvas de las cuales provienen.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas
determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica
de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de estas
zonas, determinan un mercado de traslado prácticamente
inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja fijar el grado alcohólico
1997 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes
de la cosecha 1996 y anteriores.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes
Nros. 14.878 y 24.566, el Decreto - Ley N° 2.284/91 y el
Decreto N° 1.084/96.

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA


RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase los límites
mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos
de Mesa y/o Regionales, elaboración 1997 unificados con
remanentes de elaboración 1996 y anteriores, que se liberen
al consumo en las zonas de origen: Córdoba, San Luis, Valles
Calchaquíes, La Rioja y Catamarca, conforme los Anexos
I, II, III y IV que se adjuntan como parte integrante de la presente
Resolución.

Art. 2°-Considerase grado alcohólico real,
el contenido como tal en el vino, determinado mediante método
oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable
contenido de azucares reductores en el producto.

Art. 3°-Los análisis de Libre Circulación
requeridos a partir de la puesta en vigencia de la presente, deberán
reunir los requisitos establecidos en los Anexos citados en el
punto 1° de la presente. Los correspondientes a vinos 1996
y anteriores, caducarán automáticamente a partir
del 17 de junio de 1997, sin que ello de lugar al reintegro de
los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes
no despachados.

Art. 4°-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación, y cumplido, archívese.-Felix
R. Aguinaga.

ANEXO I A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: CORDOBA

VINO REGIONAL

BGA. NUMERO RAZON SOCIAL BLANCO COLOR

Q-70037 BGAS. CAMPANA SRL 10,30 9,90

Q-70065 ENRIQUE DE GIUSTTI 9,30

Q-70089 LA CAROYENSE COOP. LTDA. 10,70 9,50

Q-70108 SUC. ELVIO SGO. LAURET 11,60 9,60

Q-70133 NANINI Y CIA. SRL. 9,60

Q-70169 GUILLERMO M. PATIÑO 9,80





GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: SAN LUIS

VINO REGIONAL

BGA. NUMERO RAZON SOCIAL BLANCO COLOR

Q-72034 B. YV. AYACUCHO SRL 9,10





ANEXO II A LA RESOLUCION Nº C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: VALLES CALCHAQUIES

VINO REGIONAL

N° BODEGA RAZON SOCIAL BLANCO COLOR

S-72007 RAUL DAVALOS 13,10 14,20

S-73016 LOS PARRALES S. A. 12,00 13,50

S-73089 BGA. ETCHART DE CUSENIER 12,20 12,80
SAIC

S-73090 LA BANDA SAAI Y C 11,40 12,70

S-73117 CAVAS DE SANTA MARIA S. A. 11,70 12,20

S-73121 MICHEL TORINO HNOS. SAICA 12,00 12,30

S-73133 MIRALPEIXY CIA. S. R. L. 12,20 13,10

S-73145 B. Y V. NANNI S. A. 11,80

S-73157 RIVADENEIRA HECTOR Y RICARDO 14,40 14,10

S-73169 JOSE ANTONIO ROMAN 13,20 11,40

S-73213 B. Y V. DOMINGO HNOS. S.R.L. 11,80 12,90

S-73225 C. MANUEL AMADO S. A. 11,70 12,40

S-73249 PRELATURA DE CAFAYATE 12,30





ANEXO III A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: LA RIOJA

VINO REGIONAL

Nº BODEGA RAZON SOCIAL BLANCO COLOR

P-70054 RAMON ESTANISLAO DELGADO 12,60

P-70066 PABLO ANDRES DIAZ 12,80

P-70134 SAUL MENEM E HIJOS S. A. 12,50 12,50

P-70195 MICHEL PEDRO SAADI 11,70 12,00

P-70343 EXPORTADORA RIOJANA S.A. 12,50 12,50

P-70355 VERA BARROS Y CIA. S. R. L. 13,40 13,90

P-73019 BGA. SANTA MARIA S. R. L. 12,20 12,70

P-73020 B. Y V. EL AGUILA S. R. L. 11,80 11,60

P-73148 LA RIOJANA COOP. VIT. DE LA 11,50 11,80
RIOJA

P-73228 SOC. NACARI LTDA. 11,70 11,30

P-73277 BGA. LA RIOJA SACI Y A 12,10 12,40

P-73289 MOTEGAY S. A. 11,90 11,50

P-73413 ADRIAN FARID NASIF 11,60

P-73437 BENINI Y CREDE S. A. 12,50 12,50

P-73499 B. Y V. ANGUINAN S. A. 12,00 12,50

P-73498 JOSE ANTONIO GONZALEZ 11,70 11,70

P-73505 ING. JOSE FERREZ 12,10

P 73542 JOSE JUAN O. ELIAS 12,50 12,50

P-73591 PEÑA SOLA S. R. L. 13,20

P-73646 L. DEL C. SALAS DE MASUD Y 11,30 11,80
O.





ANEXO IV A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: CATAMARCA

VINO REGIONAL

N° BODEGA RAZON SOCIAL BLANCO COLOR

P-72084 OMAR Y JORGE JAIS S. H. 11,70 11,10

P-72103 B.Y V. VITTORIO LONGO S.A. 12,00 12,20

P-72127 NANINI Y CIA. S. R. L. 12,60

P-72152 ELIAS J. SALEME S. A. 12,70 12,60






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