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Resolución Conjunta 67/97 y 1297/97 del 4/6/97




Instituto Nacional de Obras Sociales y Administración
Nacional del Seguro de Salud



OBRAS SOCIALES



Resolución Conjunta 67/97 y 1297/97



Dase de baja al Instituto de Servicios Sociales Bancarios del
Registro Nacional de Obras Sociales.



Bs. As., 4/6/97.



B.O.: 26/6/97.



VISTO el Decreto Nro. 1692/96 y la Resolución Conjunta
Nro. 001/97-ANSSAL y 001/97- INOS; y


CONSIDERANDO:


Que por los instrumentos mencionados en el VISTO se inscribe en
el Registro Nacional de Obras Sociales bajo el Nro. 1-2630 la
OBRA SOCIAL BANCARIA ARGENTINA.


Que el artículo 12 del Decreto Nro. 1629/ 96 establece
que el INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS actuará
como un ex-agente del seguro de Salud.


Que en lo referenciado en el párrafo precedente se hace
necesario proceda a la baja del Registro Nacional de Obras Sociales
del ex-INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS (RNOS Nro. 5-0010).



Que el actual status jurídico del INSTITUTO DE SERVICIOS
SOCIALES BANCARIOS reviste el carácter de entidad en liquidación
y en consecuencia es de aplicación lo prescripto en la
Resolución Conjunta Nro. 2316/96 y 53/96-INOS.


Que el artículo 15 del Decreto Nro. 1629/ 96 ratifica la
designación del Señor Síndico del ex-Agente
del Seguro de Salud y en razón de ello resulta aplicable
al órgano de fiscalización lo dispuesto por la Resolución
Nro. 084/95-ANSSAL.


Por ello, y de acuerdo a las atribuciones concedidas por las Leyes
23.660 y 23.661 y los Decretos Nros. 784/93 y 785/93


EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES

Y EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD

RESUELVE:


Artículo 1°-Dar de baja del Registro Nacional
de Obras Sociales al INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS
(RNOS 5-0010).


Art. 2°-Disponer que el Interventor en el INSTITUTO
DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS (Víctor Adrián ALDERETE
- M.I. n° 4.097.866), sin perjuicio de ajustarse a las prescripciones
de los Decretos 587/95, 240/96, 915/96 y 1629/96 cumpla con la
resolución conjunta n° 2316/96-ANSSAL y 056/96-INOS.



Art. 3°-Disponer que el Síndico del INSTITUTO
DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS (Carlos Alberto MORAN -M.I. n°
12.046.048) ajuste su cometido a la Resolución N°
084/95 ANSSAL, sin perjuicio de adecuarlo a los Decretos mencionados
en el artículo precedente.


Art. 4°-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y oportunamente archívese.-José L. Lingeri.

Administracionius UNLP

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