Resolución Conjunta Nº M.E. 270/91 y M.T.S.S. 321/91
B.O.: 18/04/91 BUENOS AIRES, 15/04/l991
VISTO la Ley Nº 18.017 (t.o. 1974), la atribución
conferida por el artículo 3º, inciso c), del Decreto
Nº 101/85 y lo previsto por el Decreto Nº 612/89, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar los montos de las asignaciones
familiares.
Que en virtud de lo previsto por el artículo 1º del
Decreto Nº 612/89, los montos fijados por estos Ministerios
en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 3º,
inciso c), del Decreto Nº 101/85, tendrán carácter
de mínimos comunes a todas las actividades públicas
y privadas y demás beneficiarios comprendidos en el régimen
de asignaciones familiares.
Por ello,
LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVEN:
ARTICULO 1º.- A partir del 1º de febrero de 1991
la cuantía de la asignación por ayuda escolar primaria
será de TRESCIENTOS MIL AUSTRALES (A 300.000.-).
ARTICULO 2º.- Los gastos que demanden el cumplimiento
de la presente Resolución serán imputados a los
créditos asignados a la partida específica del PRESUPUESTO
GENERAL DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL vigente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- Domingo F. Cavallo.- Rodolfo A. Díaz.