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Resolución General 154/98 del 25/06/98



Administración
Federal de Ingresos Públicos


ADUANAS

Resolución General 154/98

Derogación del Comité
Técnico de Homologación.


Bs. As., 25/6/98

B.O.: 29/06/98

VISTOlas actuaciones tramitadas
en los Expedientes Nº 432.642/96 y EAA Nº 410.591/96 de la ex-ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº
2234 de fecha 30 de agosto de 1994, del mencionado organismo se constituyó
el Comité Técnico de Homologación S.I.M..

Que la constitución del referido
Comité de Homologación tuvo como objetivo primordial efectivizar
el estudio, la evaluación y aprobación de programas aplicativos
diseñados por los usuarios del Sistema Informático MARIA.

Que con fecha 20 de Septiembre de
1994 los integrantes del Comité elevaron a la ex-ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS por Nota Nº 984/94, una propuesta sobre las misiones
y acciones del mismo.

Que con posterioridad el Comité
propone mediante Nota ANMA Nº 1605/96 dejar sin efecto la Resolución
Nº 2234/94, en virtud de los fundamentos expresados en la misma.

Que en igual sentido corresponde
aplicar el mismo procedimiento con las Resoluciones dictadas oportunamente,
para no generar diferencias entre los usuarios externos.

Que por Nota ANAU Nº 1118/96
de fecha 27 de junio de 1996, la Unidad de Auditoría Interna considera
que corresponde dar conocimiento a la Gerencia de Control del Sector Económico
de la SIGEN.

Que en la intervención que
le compete a la SIGEN, como resultado del análisis practicado en
las actuaciones, no formula observaciones de carácter técnico
a la propuesta de dejar sin efecto la Resolución ANA Nº 2234/94.

Que la presente se dicta en uso de
las facultades conferidas por el art. 7º, del Decreto Nº 618
de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º.-Dejar
sin efecto la Resolución Nº 2234/94 por la cual se creó
el Comité Técnico de Homologación S.I.M..

Art. 2º.-Dejar
sin efecto las Resoluciones Nº 2560/94, 3442/94, 3565/94, 391/95,
392/95, 393/95, 924/95, 1149/95 y 1978/95; que corresponden a los sistemas
que en su momento fueron homologados, notificándose la presente
Resolución en forma individual a las empresas constructoras de estos
sistemas por la Dirección Informática Aduanera.

Art. 3º.-
Previamente a la puesta operativa de una nueva Versión del Kit MARIA
por la Dirección Informática Aduanera, se publicará
en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS la puesta a disposición
de la nueva estructura de datos. La documentación inherente a dicha
estructura se podrá recabar en el Departamento Homologación
de Sistemas Aduaneros de la citada Dirección, el que llevará
a tal efecto un registro de cada uno de los solicitantes.

Art. 4º.-
Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín
de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese, prevía
publicación en el Boletín de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL.- Carlos A. Silvani.

Administracionius UNLP

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