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Resolución General 339/99 del 21/1/99




Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 339/99
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998. Resolución General N° 193 y sus complementarias. Artículos 6° y 7°, tercer y quinto párrafos. Norma complementaria.
Bs. As., 21/1/99
B.O.: 26/1/99
VISTO los artículos 6° y 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193
y sus complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que este Organismo debe publicar la nómina de los responsables que, en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos por la Resolución General N° 193 y sus complementarias, se encuentran beneficiados por la exención prevista en el inciso c) del artículo 7° de la Ley N° 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998.
Que, asimismo, corresponde incluir en la nómina de los responsables que actúen con carácter de adquirentes exentos del gravamen, informada por la Resolución General N° 314, la denominación y la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), así como el lapso dentro del cual tendrá validez la acreditación de tal condición, de empresas que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones para su empadronamiento.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- De acuerdo con lo previsto por el artículo 6° de la Resolución General N° 193 y sus complementarias se consideran, asimismo, incorporadas a la nómina de los responsables -publicada mediante Resolución General N° 314- que dieron cumplimiento a los requisitos y condiciones establecidos para su empadronamiento como adquirentes exentos, conforme a lo dispuesto por el artículo 7°, tercer y quinto párrafos, de la Resolución General N° 193 y sus complementarias, por el lapso comprendido entre el 1° de enero de 1999 y el 30 de setiembre de 1999, ambas fechas inclusive, a las empresas que se indican en el Anexo que se aprueba y forma parte integrante de la presente resolución general.
ARTICULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Carlos Silvani.
ANEXO RESOLUCION GENERAL N° 339
A -ADQUIRENTES DE PRODUCTOS CON DESTINO EXENTO RESPONSABLES ADQUIRENTES DE SOLVENTES ALIFATICOS Y AROMATICOS, Y AGUARRAS:
FORMULARIO N° 695










RESOLUCION GENERAL N° 193 Y SUS COMPLEMENTARIAS - ARTICULOS 6°, PRIMER PARRAFO Y 7°, TERCER Y QUINTO PARRAFOS
NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE EMPADRONAMIENTO
VIGENCIA: DESDE EL 01/01/99 HASTA EL 30/09/99, AMBAS FECHAS INCLUSIVE

CUIT

APELLIDO Y NOMBRES, DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL

30-54400702-1
30-64479877-8
30-51881254-4
30-67613270-4
20-04555355-9
30-50484546-6
30-68575113-1

APEGO S.A.I.C.
CAODETEX S.A.
LUVILOR S.R.L.
POLY PAINT S.A.
ROMAN, Jose Luis
TECNOQUIMICA S.A.I.C.
VISSEL S.A.



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