Dirección General Impositiva OBLIGACIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución General 4338/97. Procedimiento. Recursos de la Seguridad Social. Trabajadores
Autónomos. Sistemas de información y control de
inscripción y pago de aportes. Resolución General
N° 3791, sus modificatorias y complementarias. Su derogación. Bs. As., 28/5/97. B.O.: 02/6/97.
VISTO el régimen de información y control de inscripción
y pago de aportes, respecto de los trabajadores autónomos,
establecido por la Resolución General N° 3791, sus
modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la aplicación de medios informáticos posibilitan
determinar y controlar adecuadamente el grado de cumplimiento
de sus obligaciones con el Sistema Unico de Seguridad Social.
Que atento a los expuesto, se entiende aconsejable dejar sin efecto
el régimen de información y control de inscripción
y pago de aportes mencionado en el visto.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones
de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización
y Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por los artículos 5° y 7° de la Ley N. 11.683,
texto ordenado en 1.978 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
Artículo 1°-Derógase la Resolución
General N° 3791, sus modificaciones y normas complementarias.
Art. 2°-Lo dispuesto en el artículo 1°
será de aplicación para los actos, operaciones y
gestiones que se realicen a partir del 1 de junio de 1.997, inclusive.
Art. 3°-Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge
E. Sandullo.