Administración Federal de Ingresos P6blicos
FACTURACION Y REGISTRACION
Resolución General 53/97
Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores
Fiscales. Resolución General N° 4104 (DGI), sus modificatorias
y complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas
proveedoras autorizadas.
Bs. As., 25/11/97
B.O.: 27/11/97
VISTO el régimen de emisión de comprobantes mediante
el empleo de Controladores Fiscales, establecido por la Resolución
General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias,
y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo
XI del Anexo I de la referida norma, este organismo debe homologar,
mediante el dictado de una resolución general, los equipos
que resulten aprobados para su comercialización e informar
las respectivas empresas proveedoras autorizadas.
Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento
de los requisitos y condiciones que han reunido los Controladores
Fiscales que se homologan, cuya aptitud surge del análisis
de los informes de Evaluación Técnica del Instituto
Nacional de Tecnología Industrial, así como de que
las empresas proveedoras inscriptas han constituido los avales
necesarios que requiere la norma citada en el visto.
Que lo expuesto, es sin perjuicio del cumplimiento de las demás
obligaciones que el régimen prevé, durante el lapso
de validez de la homologación.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección
de Legislación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por el artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha
10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°-De acuerdo con lo dispuesto en
el Apartado C del Capitulo XI del Anexo I de la Resolución
General N° 4104 (DGI), sus modificatorias y complementarias,
se homologa el equipo denominado "Controlador Fiscal",
cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detalla a
continuación:
MARCA | MODELO | CODIGO ASIGNADO |
EMPRESA PROVEEDORA |
C.U.I.T. |
POWERPOS | PD - 1210 | DPA | PRO DEALER S.A. | 30-62924461-8 |
Art. 2°-La homologación dispuesta en el artículo
anterior, así como la autorización de venta por
parte de la empresa proveedora. tendrá una validez de CINCO
(5) anos contados a partir del día de la publicación
de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre
que se cumpla durante dicho plazo con los requisitos establecidos
por la Resolución General Nº 4104 (DGI), sus modificatorias
y complementarias.
Art. 3°-Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos
A. Silvani.