MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 1168/97
Bs. As., 30/12/97
B.O: 8/01/98
VISTO el expediente Nº 5881/97 del registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el cual se
gestiona la baja y posterior venta de unidades automotores pertenecientes
al patrimonio de este Servicio Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 551 del 4 de agosto de 1997
de este Organismo, se declararon en desuso y en condición
de rezago las unidades incluidas en el Anexo de la resolución
citada y al mismo tiempo se dispuso la venta por medio de subasta
pública de dichos vehículos.
Que efectuado un nuevo relevamiento se verifica en la actualidad
otra cantidad de rodados que por sus condiciones de conservación
y funcionamiento, su recuperación y puesta a punto resultan
antieconómicas.
Que resulta conveniente agregar al Anexo de la Resolución
citada en el primer considerando, una nómina con los nuevos
automotores a vender, a fin de centralizar dicha acción,
produciendo de esa forma una reducción en los costos de
la subasta a efectuarse.
Que el Consejo de Administración, en virtud de lo dispuesto
por el artículo 14, inciso J) del Decreto Nº 1585
del 19 de diciembre de 1996, se expidió favorablemente.
Que el Servicio Jurídico ha tomado la intervención
que le compete, expidiéndose favorablemente.
Que conforme con las facultades conferidas por el artículo
8º, inciso m) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre
de 1996, el suscripto es competente para resolver sobre el particular.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º-Sustitúyase el artículo
1º y el Anexo de la Resolución Nº 551 del 4 de
agosto de 1997 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
por el siguiente:
"ARTICULO 1º-Declárase en desuso y en condición
de rezago las unidades automotores que figuran como Anexo I, que
con CUATRO (4) fojas, forma parte integrante de la presente resolución".
ARTICULO 2º-Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese.-Dr.
LUIS O. BARCOS, Presidente Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria.
NOTA: El ANEXO correspondiente a la Resolución 1168/97
podrá ser consultado en el Boletín Oficial del día
8/01/98, página 8.