Resolución Nº 1382 Octubre 29 de 1991 B.O. 27.258 del 07-11-91
VISTO la Resolución Nº 607 de fecha 5 de julio de
1991 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada norma legal se prorrogó por CIENTO
VEINTE (120) días la desvalorización de las fajas
que deben llevar adheridas los productos a que se refiere el artículo
23 de la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus
modificaciones, que fuera establecida por la Resolución
Nº 110 del 7 de marzo de 1991 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que tal prórroga se adoptó a fin de analizar si
se mantienen en el tiempo los resultados satisfactorios, en cuanto
al incremento de recaudación y a la posibilidad del efectivo
control del sistema.
Que resulta oportuno realizar una nueva prórroga del régimen
por igual lapso que los anteriores, con el objeto de evaluar su
desarrollo en un período total de UN (1) año, computando
los plazos dispuestos en las citadas resoluciones y en la presente.
Que en oportunidad del dictado de las referidas resoluciones el
ex-MINISTERIO DE ECONOMIA y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, se avocó al conocimiento y decisión
del caso, no obstante las facultades conferidas a la SECRETARIA
DE INGRESOS PUBLICOS por el artículo 18 de la aludida ley,
se considera conveniente que este Ministerio se avoque en iguales
condiciones para proceder a una nueva prórroga.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Prorrógase por el término
de CIENTO VEINTE (120) días la vigencia de las disposiciones
de la Resolución Nº 110 (ex-MINISTERIO DE ECONOMIA)
de fecha 7 de marzo de 1991, prorrogada por la Resolución
N° 607 (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS)
de fecha 5 de julio de 1991.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese,
dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-
DOMINGO F. CAVALLO