MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1438/2010
Registro Nº 1417/2010
Bs. As., 23/9/2010
VISTO el Expediente Nº 1.385.661/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el precitado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 547/03 "E", suscripto oportunamente entre las precitadas partes.
Que a través del mismo, las partes convienen un incremento en los salarios básicos de las categorías que se describen, como así también dejar sin efecto lo dispuesto en el Artículo 49 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 547/03 "E", conforme el detalle dispuesto en el plexo de marras.
Que lo establecido en el artículo segundo del mentado Acuerdo, se homologa sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.385.661/10, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.385.661/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.385.661/10
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1438/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1417/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de enero de 2010, se reúnen, por una parte, los Señores Osvaldo IADAROLA, Claudio MARIN y Alejandro TAGLIACOZZO en representación de FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES y por la otra, los Sres. Daniel DI FILIPPO, Laura LONGARELA y Hugo RE, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:
CONSIDERANDO:
• Que es voluntad de Telefónica de Argentina S.A. acordar con las diferentes organizaciones sindicales un adecuado convencionamiento y representación de su personal, de acuerdo a la actual naturaleza de sus funciones.
• Que las Partes han abierto oportunamente una instancia de diálogo y negociación en materia de encuadres convencionales en el CCT 547/03 E.
• Que las Partes han materializado dicha voluntad a través de diversas actas suscriptas entre las mismas desde el 2/9/2008 a la fecha.
Por lo tanto, se acuerda lo siguiente:
PRIMERO: A partir del 1/10/10, las Partes convienen en incrementar el valor del salario básico y del adicional especial correspondiente a la categoría W, cuyos montos serán el 90% del valor del salario básico y el 90% del adicional especial de la categoría X respectivamente.
SEGUNDO: A partir del 1/5/10, las Partes acuerdan dejar sin efecto lo dispuesto en el art. 49 del CCT 547/03 E. Con el objeto de evitar perjudicar económicamente a los trabajadores que se encontraren percibiendo el concepto "Asignación personal a cargo" a la fecha mencionada, se conviene que dichos empleados percibirán a partir del 1/5/10 el rubro "Adicional Acta 2/12/09" creado en el punto SEGUNDO del acta suscripta entre las Partes el 2/12/09.
TERCERO: En concordancia con el objeto expresado en el punto anterior, las Partes acuerdan incrementar el valor del concepto "Adicional Acta 2/12/09", fijando su valor en la suma de $ 505.- (pesos quinientos cinco) a partir del 1/5/10.
Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente.
Sin más, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.