MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS Resolución N° 241/97 Bs. As.. 21/5/97. B.O.: 6/6/97.
VISTO el Artículo 10 del Decreto N° 1540 del 30 de
agosto de 1.994 por el que se fijó el Capital Social de
NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), y
CONSIDERANDO:
Que el Capital Inicial de NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
(NASA) de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 263.636.363)
se conformó con el importe de la valuación de las
Centrales Nucleares realizada de acuerdo al procedimiento establecido
por el Artículo 96 de la Ley N° 24.065, flujo neto
de fondos descontados generado por la unidad de negocio que se
privatiza que ascendió a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA
Y UN MILLONES ($ 261.000..000) con más el aporte en efectivo
realizado por ex-AGUA Y ENERGIA ELECTRICA SOCIEDAD DEL ESTADO
(ex-A. y E.E.S.E.) de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y
SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES ($ 2.636.363).
Que el procedimiento de valuación establecido por el Artículo
96 de la Ley N° 24.065, no incluyó activos consumibles
y recursos líquidos transferidos a la sociedad por lo que
se torna necesario su inclusión en el Capital Social.
Que en la Cuenta Contable "A Cuenta de Futuros Aumentos de
Capital" se registraron, a partir del día 7 de setiembre
de 1.994, fecha de la constitución de NUCLEOELECTRICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA (NASA), las transferencias que se le hicieron
en Caja, Fondos Permanentes y Caja Chica, Bancos, Cuentas a Cobrar
e Inventarios de Elementos Combustibles, "Cobalto 60"
y Repuestos y Materiales en Almacenes.
Que corresponde aumentar el Capital Social de NUCLEOELECTRICA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA) a la suma de PESOS CUATROCIENTOS
OCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL SETECIENTOS TRECE ($408.223.713),
a efecto de incorporar al capital original, parte del saldo de
la Cuenta Contable "A Cuenta de Futuros Aumentos de Capital"
que asciende a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES
QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON SETENTA
Y DOS CENTAVOS ($144.587.350,72).
Que el Artículo 14 de los Estatutos Sociales de NUCLEOELECTRICA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA) establece que toda reforma de
los mismos debe contar con la previa autorización de la
SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA
Y EDUCACION prestó debida conformidad a las presentes actuaciones,
previa intervención de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA
ATOMICA (CNEA), en los términos prescriptos en el Artículo
12 del Decreto N° 1540 del 30 de agosto de 1.994 y en el
Artículo 30 del Decreto N° 660 del 24 de junio de
1.996.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS tomó debida intervención en
las presentes actuaciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, produjo el correspondiente
Dictamen sobre las presentes actuaciones.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentra facultada para el dictado
del presente acto en virtud de lo dispuesto por la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
1053 del 31 de agosto de 1.994.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA Y PUERTOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°-Apruébase la reforma del Estatuto
Social - Artículo Quinto - de NUCLEOELECTRICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA (NASA) por Aumento de Capital Social a la suma
de PESOS CUATROCIENTOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRES MIL
SETECIENTOS TRECE ($ 408.223.713) mediante la suscripción
e integración por capitalización de parte del saldo
de la Cuenta Contable "A Cuenta de Futuros Aumentos de Capital"
de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA
Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 144.587.350) por parte del
ESTADO NACIONAL - SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTICULO 2°-Otórgase a la presente Resolución
el carácter de definitiva por lo que la decisión
que adopte la asamblea de accionistas de NUCLEOELECTRICA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA (NASA) no requerirá nueva intervención
de esta SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en tanto reproduzca el aumento de
capital conforme ha sido aprobado en la presente y cumpla con
los demás requisitos establecidos en los Estatutos Sociales.
ARTICULO 3°-Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Ing. ALFREDO R. MIRKIN, Secretario de Energía
y Puertos.
e. 6/6 N° 187.042 v. 6/6/97