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Resolución N° 2542/99 del 20/1/99




PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Resolución N° 2542/99
Bs. As., 20/1/99
B.O.: 27/1/99
VISTO la DECLARACION DE PRINCIPIOS ACORDADA ENTRE EL ESTADO DE ISRAEL Y LA AUTORIDAD PALESTINA de fecha 13 de septiembre de 1993; THE WYE RIVER MEMORANDUM (Memorandum del Río Wye) firmado el 23 de octubre de 1998 por las mismas partes israelí y palestina; los Decretos N° 554/97 y 1018/98; la NOTA S.C. 602/98; la Comunicación efectuada por la Embajada Argentina en Washington a esta Secretaría de fecha 3 de diciembre de 1998; el expediente S.C. N° 02/ 98; y
CONSIDERANDO:
Que en el mes de septiembre de 1993 dieron inicio a las negociaciones de paz entre el Estado de Israel y la Autoridad Nacional Palestina, formalizadas a través de la DECLARACION DE PRINCIPIOS de fecha 13 de septiembre de 1993.
Que dicha DECLARACION DE PRINCIPIOS tuvo por objetivos el poner fin a décadas de confrontación y conflicto, reconocer mutuamente los derechos políticos de las partes israelí y palestina, y procurar una coexistencia pacífica, la dignidad y seguridad mutua y la construcción de una paz justa y duradera; logrando a resultas de esta Declaración una reconciliación histórica a través del proceso político acordado.
Que, conforme a aquella Declaración de Principios, el 23 de octubre de 1998 fue firmado el WYE RIVER MEMORANDUM (MEMORANDUM DEL RIO WYE), a través del cual se acuerdan los términos para efectivizar el cumplimiento de las responsabilidades recíprocas derivadas de los ACUERDOS INTERINOS DE LA FRANJA DE GAZA de septiembre de 1995 y otros acuerdos anteriores.
Que dicho Memorandum establece en su Artículo III.7 que "...ambas partes están de acuerdo en la importancia de la asistencia continua de los donantes internacionales para facilitar la implementación de los acuerdos alcanzados, así como el reconocimiento de la necesidad de incrementar el apoyo de los mismos para el desarrollo económico en el West Bank y Gaza...".
Que la República Argentina, así como también todos los países que participan del proceso de paz de Oriente Medio, apoya firmemente el WYE RIVER MEMORANDUM (MEMORANDUM DEL RIO WYE) y desea coadyuvar con el espíritu del mencionado Artículo III.7, efectuando contribuciones para el desarrollo económico y social del West Bank y Gaza.
Que esta decisión de la República Argentina se inscribe en su propia realidad histórica, caracterizada por su pluralismo cultural y étnico, el que ha dado lugar a una convivencia pacífica y enriquecida por dicha diversidad.
Que tal compromiso internacional por la Paz y la convivencia entre los pueblos ha sido evidenciado a través de las acciones desarrolladas por los Cascos Blancos de Argentina desde 1993 hasta la fecha en todo el mundo, acciones reflejadas en la concreción de proyectos en áreas rurales e iniciativas concernientes al desarrollo humano y el estímulo al deporte.
Que ha sido también relevante el compromiso de nuestro país con la Paz y la Seguridad Internacionales mediante la participación de fuerzas argentinas en las fuerzas de paz de las NACIONES UNIDAS en diversas regiones del globo, usualmente llamadas "Cascos Azules", que tienen por objeto el preservar la seguridad en zonas de conflicto o áreas sujetas a importantes acuerdos internacionales de paz.
Que en consonancia con la política nacional descripta, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION ha decidido asistir al Gobierno palestino en el desarrollo de sus telecomunicaciones y de su correo, ofreciendo a título de donación diez (10) Centros Tecnológicos Comunitarios, su instalación y puesta en funcionamiento, así como también asistencia técnica en la configuración de un servicio postal moderno, enviando personal capacitado en la materia y los materiales necesarios.
Que el Decreto 1018/98 estableció el Programa para el desarrollo de las comunicaciones telemáticas "argentin@internet.todos" en el ámbito de la REPUBLICA ARGENTINA, el que tiene, entre otros objetivos, la constitución de CENTROS TECNOLOGICOS COMUNITARIOS (CTC), definidos como redes informáticas locales conectadas a INTERNET con contenidos educativos y desarrollos de web comunitarios, localizadas en comunidades humildes o alejadas en la infraestructura global de la información, usualmente accesibles en núcleos urbanos importantes.
Que los objetivos del Programa argentin@internet.todos" descansan en principios universales y humanistas, tales como la promoción del conocimiento, el respeto por la dignidad y la libertad del ser humano y el valor de la educación como promotor del desarrollo del hombre.
Que la universalidad de tales principios tornan a los contenidos de este programa presidencial en fácilmente aplicables en otras regiones y países del mundo, sin distinción de razas o de convicciones religiosas, con lo que la iniciativa descripta se inscribe dentro del espíritu y alcances de WYE RIVER MEMORANDUM (MEMORANDUM DEL RIO WYE).
Que, asimismo, la proyectada donación de Centros Tecnológicos Comunitarios a la Autoridad Nacional Palestina reconoce la capacidad del desarrollo de las tecnologías de la información en términos de promoción social y estímulo del conocimiento, ingredientes fundamentales para la generación de mayores oportunidades para los pueblos en general y el pueblo de Palestina en particular.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el Decreto N° 1620/96,
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1°-Créase el PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNICA DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION A LA AUTORIDAD NACIONAL PALESTINA.
ARTICULO 2°-El Programa creado por el artículo precedente se instrumentará mediante a) la donación, instalación y puesta en funcionamiento de 10 (diez) Centros Tecnológicos Comunitarios en lugares a convenir con la Autoridad Nacional Palestina, y b) asistencia, mediante personal capacitado y asesoramiento técnico, para la configuración de un servicio postal moderno para Palestina.
ARTICULO 3°-Créase la Comisión para la Asistencia Técnica a la Autoridad Nacional Palestina en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, responsable de planificar, dirigir y evaluar la ejecución del Programa creado por esta Resolución, siendo integrada por la Dra. Valeria DEPPELER y el Lic. Pablo Enrique VALEBELLA en carácter de Coordinadores; y por el Ing. Alberto Fernández Sanjurjo, el Sr. Marcelino ALVAREZ, el Sr. Rubén OVIEDO y el Sr. Amín ROMERO en calidad de asesores técnicos.
ARTICULO 4°-Notifíquese de la presente Resolución al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional, Dr. Guido Di Tella; al Sr. Embajador de Argentina en los Estados Unidos, Sr. Diego Guelar; al Sr. Embajador de Argentina en Israel, Dr. Vicente Espeche Gil y al Ministro de Telecomunicaciones y Correo de la Autonomía Palestina, Sr. Imad al Faluj.
ARTICULO 5°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Dr. GERMAN KAMMERATH, Secretario de Comunicaciones, Presidencia de la Nación.
e. 27/1 N° 264.162 v. 27/1/99

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