Resolución Nº 533 Junio 13 de 1991
VISTO el expediente letra ENCOTEL Nº 03862, año 1991,
mediante el cual se proponen los valores tarifarios a ser aplicados
por la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario autorizar a la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS
Y TELEGRAFOS, a incrementar las tarifas de los Servicios Postales
y Telegráficos en el Orden Interno.
Que dicha medida encuadra en las facultades conferidas al MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por el
artículo 20, inciso 14, de la Ley Nº 23930.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º .- Autorizar a la EMPRESA NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS a aplicar el cuadro tarifario que en ANEXO
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º .- Facultar a la EMPRESA NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS a fijar a partir del 1º de abril
de 1991, las tarifas que mediante la presente resolución
se aprueban.
Artículo 3º .- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.
Fdo. DOMINGO F. CAVALLO
MINISTRO DE ECONOMIA
ANEXO RESOLUCION Nº 533/91 MEyOSP.
TARIFAS DE LOS SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS INTERNOS
1. Servicios Postales
Hasta gramos Cartas Tarjetas postales
A A
10 3800
20 4800 Cada
100 5100 Una
250 6100,
500 6800 2100
1000 12500
2000 17700
Por las Cartas y Tarjetas Postales que cursen entre provincias,
se percibirá el duplo de las tarifas
precedentes.
2. Servicios Telegráficos: Valor de la Unidad de Tasación
(U.T.)
AUSTRALES UN MIL TRESCIENTOS SEIS (A 1306).