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Resolución N° 545/97 del 27/11/97




ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS



Resolución N° 545/97



Bs. As., 27/11/97



B.O: 02/01/98



VISTO la Resolución ENARGAS N° 1 de abril de 1993,
su similar N° 94 del 9 de noviembre de 1994 y N° 327
del 24 de mayo de 1996, el Artículo 52, inc. v) de la Ley
N° 24.076, y


CONSIDERANDO:


Que mediante la Resolución ENARGAS N° 1 se aprobó
una estructura provisoria para el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL
GAS, con el objetivo de dar inicio a la tramitación y resolución
de los asuntos regidos por la Ley 24.076.


Que la provisoriedad de la citada estructura no fue relevada por
el dictado de la Resolución ENARGAS N° 94, la que
se limitó a modificar parcialmente las funciones asignadas
a las Gerencias y a aprobar las correspondientes a la Unidad de
Auditoría Interna, sin avanzar en aspectos atinentes al
organigrama y a la distribución de cargos.


Que mediante la Resolución ENARGAS N° 327 se ha considerado,
en términos reales el organigrama previsto en la Resolución
ENARGAS N° 1, adecuándolo a las necesidades reales
de funcionamiento, incorporándose la Unidad de Auditoria
Interna y las Delegaciones y Agencias Regionales, no previstas
en tal oportunidad, como así también la definición
de las acciones de las distintas áreas del organismo.


Que con el transcurso del tiempo, las organizaciones no deben
permanecer indiferentes a los cambios ante la dinámica
y exigencias existentes, a fin de optimizar el funcionamiento
para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por
la Ley 24.076.


Que siguiendo el referido orden de ideas y para la debida consecución
de los objetivos a asignar a cada área de gestión,
se meritúa como de toda necesidad la reformulación
de las acciones inherentes a la Secretaría del Directorio
por medio de la creación de un nuevo grupo de trabajo que
habrá de denominarse Gerencia de Relaciones Institucionales.



Que la especialidad de la competencia del área de Relaciones
Institucionales, a la vez que permite la centralización
de su temática en un grupo de trabajo determinado, permite
asimismo detraer un considerable número de tareas del área
de Secretaría del Directorio que naturalmente devendrá
en una necesaria concentración funcional, y redundará
en una eficacia acorde con el debido cumplimiento de las tareas
asignadas.


Que la instrumentación de la estructura que se propicia
por la presente, no acarreará mayores erogaciones que las
debidamente previstas en el presupuesto de este organismo.


Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado
para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por
el Artículo 52, inciso v) e la Ley 24.076.


Por ello,


EL DIRECTORIO DEL ENTE. NACIONAL REGULADOR DEL GAS


RESUELVE:


ARTICULO 1°-Apruébase la modificación
de la Estructura Orgánica del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL
GAS, de conformidad con el Anexo I Organigrama; Anexo II Acciones;
Anexo III Cargos.


ARTICULO 2° - Establécese que la puesta en
vigencia de la nueva estructura que se aprueba por la presente
no significa mayor erogación que las previstas por el ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS, en Presupuesto.


ARTICULO 3° - El presente acto entrará en vigencia
a partir de la fecha de su dictado.


ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
archívese.- Ing. HUGO D. MUÑOZ, Director, Ente Nacional
Regulador del Registro Oficial V. BUSI, Director, Ente Nacional
Regulador del Gas.- Ing. Hector E.FORMICA, Director, Ente Nacional
Regulador del Gas. - Presidente: Dr. RAUL E. GARCIA, Presidente,
Ente Nacional Regulador del Gas.






ANEXO I

ACCIONES


Secretaria del Directorio


1-Asistir al Directorio


2-Programar las reuniones de directorio y confeccionar las Actas.



3-Comunicar y publicar las decisiones del Directorio.


4-Coordinar acciones intergerenciales.


5-Llevar el registro de entradas y salidas y el archivo de toda
la documentación del Organismo


6-Certificar documentación emitida por el Organismo.


7-Derivar a los grupos de trabajo y/o al área específica
la documentación ingresada.


8-Centralizar la elevación a los directores a cargo de
los Grupos de Trabajo y al Directorio de los proyectos elaborados
por los citados grupos.


9-Verificar el cumplimiento de la norma que regla el despacho
y firma de la documentación emitida.


10.-Inventariar, resguardar y otorgar en préstamo el material
bibliográfico e informativo.


11-Coordinar la publicación de normas propias de la actividad
gasífera y del Informe anual previsto en el Art. 52, inciso
s) de la Ley N° 24.076.


Gerencia de Relaciones Institucionales


1. Asistir al Directorio en la difusión de los objetivos
de la regulación.


2. Coordinar la relación del Ente con las Licenciatarias
del servicio de distribución y de transporte de gas, con
autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, y organizaciones
de defensa de los derechos de los consumidores.


3. Promover el desarrollo de acciones orientadas a la educación
de los consumidores acerca de sus derechos como clientes del servicio
público de distribución de gas.


4. Coordinar la participación de funcionarios del Ente
en conferencias, seminarios y/o actos realizados por las organizaciones
cívicas y de servicio.


5. Intervenir en la recopilación y distribución
de información sobre las decisiones regulatorias del ENARGAS
a las autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, y
organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores.



6. Intervenir en la preparación de exhibiciones educativas
(en eventos comunitarios, convenciones y ferias nacionales e internacionales).



7. Intervenir en las políticas de comunicaciones a usuarios
y/u organismos defensores de los derechos de los usuarios.


8 Intervenir en la coordinación con otros Organismos Regulatorios
nacionales e internacionales.


9. Ejercer las funciones que le sean expresamente delegadas por
el Directorio.




ANEXO II


Prensa y Radiodifusión


1 - Relevar y transmitir internamente, a través de las
Gerencias, toda información difundida por los medios de
comunicación.


2 - Proponer al Directorio la realización de campañas
de difusión de las actividades del Ente a través
de los medios de comunicación.


3 - Difundir, a través de los citados medios, las decisiones
y acciones del organismo.


4 - Coordinar la relación del Ente con los medios de comunicación.



5 - Coordinar la elaboración de un boletín informativo
de circulares internas.


ANEXO III

Modificación categorías de Planta Permanente






Modificación Categoría
BAJA Secretario del Directorio
ALTA Gerente


Composición de la Planta permanente por categorías





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