Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 1030/98
Suspéndense por el término de treinta días,
los efectos de la Resolución Nº 922/98.
Bs. As., 8/4/98
B.O: 14/04/98
VISTO el expediente Nº 2873/98 del registro de la COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES, y la solicitud de suspensión
de los efectos de la Resolución S.C. Nº 922/98 realizada
por CICOMRA, y
CONSIDERANDO:
Que la resolución señalada en el visto prioriza
la asignación de frecuencia para los sistemas fijos de
microondas por encima de 1 Ghz cuando estas formen parte de redes
o sistemas destinados a la prestación de servicios de telecomunicaciones,
frente a la demanda de frecuencias para uso privado.
Que la Cámara Informática y Comunicaciones de la
República Argentina ha presentado una nota solicitando
se suspenda por ciento veinte días los efectos de la Resolución
SC Nº 922/98 a fin permitir su reevaluación con los
distintos sectores de la industria.
Que por otra parte la empresa Aestel ha solicitado por nota del
7 de abril de 1998 la derogación de dicha norma, por entender
que lesiona sus derechos quedando a disposición para ampliar
sus fundamentos.
Que así las cosas a fin de evitar perjuicios a terceros
resulta necesario revisar los alcances de la Resolución
SC Nº 922/98 suspendiendo los efectos de la misma por treinta
días.
Que conforme lo establece el artículo 12 de la Ley Nº
19.549 la administración podrá de oficio o a pedido
de parte suspender la ejecución de los efectos del acto
administrativo para evitar perjuicios graves al interesado.
Que ha tomado la debida intervención el servicio jurídico
permanente del organismo de origen.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto Nº 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Suspender los alcances y efectos
por treinta días de la Resolución S.C Nº 922/98.
Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Germán Kammerath.