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Resolución 1104/97 del 22/10/97




Secretaría de Industria, Comercio y Minería




INDUSTRIA AUTOMOTRIZ



Resolución 1104/97



Apruébase un plan de intercambio compensado
presentado por la firma "Sidertek Sociedad Anónima".




Bs. As., 22/10/97



B.O.: 29/10/97



VISTO el expediente Nº 060-000416/97, del registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el
que la firma "SIDERTEK SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio
en Parque Industrial de General Pico - Pcia. de La Pampa, solicita
la aprobación de un plan de intercambio compensado que
proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de
la industria automotriz, y



CONSIDERANDO:



Que la solicitud presentada cumple con los objetivos
y requisitos de la legislación aplicable.



Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado
el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º
de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril
de 1996 y sus modificatorias, Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.



Que la Delegación III de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención
que le compete.



Que la presente resolución se dicta en virtud
de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto
Nº 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1º
de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril
de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.



Por ello,



EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:



Artículo 1º-Apruébase
el plan de intercambio compensado presentado por la firma "SIDERTEK
SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio en Parque Industrial de
General Pico Pcia. de La Pampa, con las condiciones que se indican
en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente
Resolución.



Art. 2º-Los derechos
y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la
presente resolución se regirán por el Decreto Nº
33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e
I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias, Resolución
S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución
S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente,
como así también por los compromisos asumidos por
la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.R Nº 060-000416/97.




Art. 3º-Déjase
establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "SIDERTEK
SOCIEDAD ANONIMA" constituye domicilio especial en Avda.
Belgrano 367 - Piso 10, Capital Federal, donde serán validas
todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le
practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia
la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de
la Capital Federal.



Art. 4º-La presente
resolución comenzara a regir a partir del día siguiente
de su notificación.



Art. 5º-Remítase
copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.




Art. 6º-Notifíquese
a la interesada.



Art. 7º-Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívase.- Alieto A Guadagni.



ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. Y M. Nº 1104



Expediente Nº 060-000416/97



Empresa: SIDERTEK SOCIEDAD ANONIMA



Productos a Exportar:







POSICION N.C.M.DESCRIPCION
8708.29.99Accesorios de carrocería
9401.90.90Partes y piezas para asientos
9401.90.90Estructuras metálicas de asientos


Productos a Importar:







POSICION N.C.M.DESCRIPCION
8708.29.99Accesorios de carrocería
9401.90.90Partes y piezas para asientos
9401.90.90Estructuras metálicas de asientos

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