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Resolución 117/97 del 30/07/97





Instituto Nacional de Obras Sociales

OBRAS SOCIALES

Resolución 117/97

Dase de baja a la Obra Social del Personal del Azúcar
de Villa Ocampo en el Registro Nacional de Obras Sociales como
Agente del Seguro de Salud.


Bs. As.. 30/7/97

B.O. 13/8/97

VISTO: Los Expedientes Nros. 59.228/96 ANSSAL, 59.256/96 ANSSAL
y la ACTUACION Nº 31.986/94 ANSSAL:

Y CONSIDERANDO:

Que según surge de la verificación contable practicada
el 26 de junio de 1996, obrante a fs. 11 del Expediente 59.228/96
ANSSAL. la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DE VILLA OCAMPO
se encuentra inactiva, con graves atrasos registrales, no pudiendo
detectarse movimientos de ingresos y/o egresos, ni prestación
medica asistencial alguna.

Que corrobora lo expuesto, la Auditoria Médica practicada
(fs. 29), donde se constato el corte de Servicios Médicos
desde el mes de mayo de 1995, por falta de pago, recibiendo los
afiliados del Agente de Salud cobertura a través del Hospital
Provincial.

Que en razón de lo expuesto la entidad no brinda actualmente,
ni siquiera mínimamente, los servicios que le competen,
desvirtuándose la función social que debe cumplir
como Agente de Salud, no llegando a conmover lo aquí expuesto
las presentaciones ulteriores del Agente, cuyas constancias obran
en los Actuados del VISTO, habiendo resultado infructuoso el intento
de fusión con otra OBRA SOCIAL del sistema.

Por ello, en virtud de lo normado por las leyes 23.660 y 23.661
y los Decretos 784/93 y 785/93 del Poder Ejecutivo Nacional,

EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES

RESUELVE:

Artículo 1º-Dar de baja en el Registro Nacional
de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud a la OBRA SOCIAL
DEL PERSONAL DEL AZUCAR DE VILLA OCAMPO (RNOS. 1-0240).

Art. 2º-Transferir los afiliados de la OBRA SOCIAL
referenciada a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DEL INGENIO
LAS TOSCAS (RNOS. 1-0200), quien tendrá a su cargo la obligación
de brindarles las prestaciones médico asistenciales y será
la legítima recipendaria de los aportes y contribuciones
de ese universo de beneficiarios que se le trasladan.

Art. 3º-Encomendar a la Unidad de Control y Coordinación
implementar el procedimiento tendiente a agotar la liquidación
administrativa de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL AZUCAR DE VILLA
OCAMPO.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese a la
Dirección General Impositiva y ANSES, publíquese,
dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente
archivase.- José L. Lingeri.

Administracionius UNLP

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