Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 118/97 del 15/10/97





MINISTERIO D E SALUD Y ACCION SOCIAL

SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD

Resolución Nº 118/97

Bs. As., 15/10/97

B.O: 22/10/97

VISTO el Expediente Nº 2002-954/97 del Registro del MINISTERIO
DE SALUD Y ACCION SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

La necesidad de desarrollar e implementar programas de prevención
de enfermedades en las embarazadas que se inscriben dentro de
las Políticas Sustantivas de este Ministerio, orientadas
a mejorar la calidad de la atención médica en todo
el país.

Que el PLAN NACIONAL DE ACCION EN FAVOR DE LA MADRE Y EL NIÑO,
convalidado por los Señores Gobernadores en el Pacto Federal
el día 9 de marzo de 1994, acuerda desarrollar e implementar
acciones que promuevan un mejor desarrollo físico, psíquico
y social de la embarazada.

Que el COMPROMISO NACIONAL EN FAVOR DE LA MADRE Y EL NIÑO
señala como una de sus metas "Asegurar un mínimo
de un control postnatal a la puérpera", es decir,
hacer accesible en su sentido más amplio el derecho y la
oportunidad al control puerperal adecuado para prevenir secuelas
que en ocasiones invalidan y discriminan personal y laboralmente
a las mujeres que las sufren.

Que, en consecuencia, se entiende necesario asegurar el acceso
de la embarazada a una normatización que responda a garantizar
la equidad, eficacia y eficiencia del Sistema de Salud.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.

Por ello,

EL SECRETARIO DE PROGRAMAS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º-Créase una COMISION REDACTORA DE
LAS NORMAS DE ATENCION DEL PUERPERIO Y PREVENCION DE SECUELAS
INVALIDANTES DEL POSTPARTO, que funcionará en el ámbito
de la SUBSECRETARIA DE ATENCION COMUNITARIA.

ARTICULO 2º-Desígnase Presidente de la citada
Comisión a la Señora Subsecretaría de Atención
Comunitaria, Doctora Da. Dora VILAR de SARACHAGA.

ARTICULO 3º-Desígnase Coordinadora de la citada
Comisión a la Señora Directora de Salud Materno
Infantil, Doctora Da. Emilce Natividad VERA BENITEZ.

ARTICULO 4º-Invítase a designar representantes
para integrar la citada Comisión a la SOCIEDAD DE OBSTETRICIA
Y GINECOLOGIA DE BUENOS AIRES, la ASOCIACION ARGENTINA DE PERINATOLOGIA,
la SOCIEDAD ARGENTINA DE PEDIATRIA, la FEDERACION ARGENTINA DE
SOCIEDADES DE GINECOLOGIA Y OBSTETRICIA y la SOCIEDAD DE OBSTETRICIA
Y GINECOLOGIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 5º-Integrarán la misma los profesionales
asesores de la DIRECCION DE SALUD MATERNO INFANTIL.

ARTICULO 6º-Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.-Dr. VICTOR HUGO MARTINEZ,
Secretario de Programas de Salud.

e. 22/10 Nº 203.590 v. 22/10/97

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 118/97 del 15/10/97