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Resolución 1206/97 del 11/08/97





Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales

CINEMATOGRAFIA

Resolución 1206/97

Aclárase la Resolución N° 1168/97, mediante
la cual se dispuso que toda película nacional de largometraje
debe ser subtitulada en idioma nacional.


Bs.As., 11/8/97.

B. O.: 15/8/97.

VISTO lo dispuesto por la Resolución N° 1168/97, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1168/97 se dispuso que toda
película nacional de largometraje deberá ser subtitulada
en idioma nacional a los fines allí establecidos.

Que se ha omitido establecer el número de copias con las
que debe darse cumplimiento a lo antes expuesto.

Que debe entonces dictarse Resolución aclaratoria al respecto.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

Artículo 1°- Aclárase que lo dispuesto
en el artículo 1° de la Resolución N°
1168/97 deberá cumplirse con una copia como mínimo
de la película de que se trate.

Art. 2°- Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente
archívese.- Julio Maharbiz.

Administracionius UNLP

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