Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 151/98 del 26/03/98




Ir al texto actualizado
 
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
SANIDAD ANIMAL
Resolución 151/98
Establécese una etapa de Planes Piloto a fin de evaluar diferentes sistemas electrónicos de Identificación Individual del ganado, la que culminará el 19 de julio de 1999. Créase un registro computarizado destinado a compilar y centralizar la información generada en dichos planes.
Bs. As., 26/3/98
B.O: 2/4/98
VISTO el expediente N° 13.612/97 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario implementar un sistema que permita garantizar a los consumidores la trazabilidad de los animales, los productos y subproductos elaborados a partir de ellos y sus condiciones higiénico-sanitarias.
Que los sistemas de identificación que adopte la REPUBLICA ARGENTINA, solo tendrán validez comercial global si son compatibles con las exigencias internacionales bajo las normas de calidad ISO (International Standards Organization) o ANSI (American National Standards Institute).
Que un buen sistema de identificación y trazabilidad confiable, puede ser, además, un auxiliar eficaz para garantizar un nivel de excelencia a la calidad sanitaria de nuestras carnes: perfeccionar la comercialización del ganado "premiando" el valor "calidad" de la res o canal producida: mejorar y consolidar la competitividad de nuestros productos cárnicos y permitir un mejor desarrollo y control de los distintos programas sanitarios que se lleven a cabo.
Que se hace necesario iniciar las acciones destinadas a generar información confiable y completa sobre la aplicación práctica de dispositivos electrónicos para la identificación permanente e inviolable del ganado.
Que existen diversos métodos de identificación actualmente en uso, que bajo una normativa uniforme pueden garantizar la trazabilidad hasta tanto se decida por los sistemas de identificación que se evaluarán hasta el 1° de julio de 1999.
Que resulta necesario definir las normas básicas de identificación que regirán hasta que se implemente un sistema definitivo basado en los planes pilotos que se desarrollarán hasta el 1° de julio de 1999.
Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscrito es competente para dictar la presente medida de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1450 del 12 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION RESUELVE:
Artículo 1°-Establécese una etapa de Planes Piloto a fin de evaluar diferentes sistemas electrónicos de identificación individual del ganado de acuerdo a los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolución, monitoreados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la que culminará el 1° de julio de 1999.
Art. 2°-Créase un registro computarizado destinado a compilar y centralizar la información generada en los Planes Piloto mencionados en el artículo 10 de la presente resolución.
Art. 3°-Los sistemas y dispositivos electrónicos a ser evaluados deberán ser registrados en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Felipe C. Sola.
ANEXO I
CADA PROYECTO DE PLAN PILOTO DE IDENTIFICACION INDIVIDUAL DEL GANADO DEBE PERMITIR VALIDAR LOS SIGUIENTES PUNTOS DEL PROCEDIMIENTO OPERATIVO Y SU PRACTICIDAD DE USO:
1. La técnica de aplicación del dispositivo en el animal (según tipo y ubicación anatómica recomendada).
2. La lectura de los dispositivos durante la vida de los animales (Definiendo los diferentes equipos de "lectura" recomendados que deberán ser compatibles).
3. La técnica de recuperación de los dispositivos.
4. La estructura organizativa de todo el sistema para su uso práctico.
5. Describir el título de información destinado a permitir la trazabilidad, su manejo, almacenamiento y utilización práctica. Posibilidades potenciales de incrementar el aprovechamiento del sistema ensayado, para usos productivos. (Programas de selección genética, manejo sanitario, etc.).
6. Las normas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para registrar los resultados de los planes piloto de identificación permanente del ganado que se realicen utilizando dispositivos electrónicos y demás implementos conexos, para el registro y procesamiento de la información generada.
La solicitud al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el monitoreo y seguimiento de cada proyecto deberá aportar la siguiente información:
CONTENIDO:
Objetivos del proyecto.
Organización del proyecto.
2. Responsables del proyecto.
2.2. Criterio de selección de las explotaciones y de los animales.
2.3. Movimientos de los animales (Traslados, etc.).
2.4. Número de explotaciones y de animales.
2.5. Selección de mataderos o frigoríficos (Industrias), a las que remitirán animales.
3. Características del dispositivo electrónico.
3.1. Proveedor.
3.2. Aplicación al animal (entrenamiento del recurso humano)
3.3. Recuperación del dispositivo.
3.4. Lecturas de los dispositivos electrónicos.
4. Aspectos técnicos de los equipos necesarios.
4.1. Del dispositivo electrónico.
4.2. Del lector portátil.
4.3. Del lector dinámico.
4.4. Del lector del matadero o frigorífico.
5. Software utilizado (programas).
6. Duración del proyecto,
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
1. Definición de los objetivos del proyecto.
2. Organización del proyecto: Adjuntar un resumen ejecutivo del mismo que deberá contener:
2.1. Responsables del mismo:
Indicar quien esta a cargo del Proyecto y sus funciones en el plan operativo y quien de la contraparte empresaria del establecimiento.
Operadores técnicos: sus funciones y responsabilidades.
Operadores de manejo de rutina de los animales pertenecientes a la explotación ganadera en la que se realiza.
2.2. Criterio utilizado para la selección del tipo de animales y de los establecimientos donde se hace el proyecto.
Describir las razones de dicha elección (aseguramiento de la confiabilidad en el manejo empresario y operativo de campo, características físicas y estructurales de la explotación, condiciones de absorción de la tecnología por parte del recurso humano involucrado, posibilidad de acceso a servicios de comunicación y sus características, capacidad de almacenamiento y procesamiento informático de datos, etc.).
Describir la modalidad de la explotación (cría, invernada, feedlot, tambo) y su rutina de manejo productivo y sanitario en el tiempo (cronogramas de barra). Edad de los animales a los que se aplica el dispositivo en el ensayo, razones de su elección.
2.3. Movimiento de los animales (traslados, ingresos, ventas, etc.).
Consignar su modalidad y frecuencia indicando las categorías de animales que se venden, trasladan o ingresan y describir las normas de control de rutina que se adoptan para hacerlas
Describir los registros administrativos y quienes son los responsables de esas operaciones.
Condiciones de operación y equipos exigidas a los transportistas.
Describir los registros de nacimientos y mortandad de los animales.
2.4. Número de explotaciones y de animales involucrados en el proyecto:
Describir su ubicación y modo de incorporación al proyecto (en su totalidad, en parte y si se hace por etapas o por categorías).
2.5. Selección de Mataderos o frigoríficos a los que se remitirán los animales.
Describir los criterios de selección de los mismos para el proyecto y las características operativas deseadas para asegurar la confiabilidad de los datos a registrar.
Describir el seguimiento de las operaciones a la llegada de los animales a las plantas.
Registros informáticos planeados y ejecutados.
Facilidades y dificultades de operación de acuerdo a las exigencias del proyecto.
Modalidad de seguimiento para resurgir la razonabilidad lograda con el sistema. Registro de las correcciones y mejoras operativas que se adopten durante el manejo del sistema.
3. Características del dispositivo electrónico:
3.1. Proveedor y número del registro ante el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Describir el o los proveedores del dispositivo utilizado en e1 proyecto piloto.
Incluir la ubicación y características de la empresa fabricante y todos aquellos datos que permitan ampliar la información sobre las prestaciones técnicas de los dispositivos utilizados.
Consignar direcciones, teléfono, fax, e-mail, etc., y adjuntar folletería y manuales técnicos de uso. Si es extranjera, indicar si cumple la condición necesaria de estar radicada en el país.
3.2. Aplicación al animal:
Describir el lugar de aplicación según el tipo de animal y el tipo de dispositivo utilizado.
Describir la operación de la lectura previa a la aplicación del dispositivo (verificación funcional del dispositivo).
Describir las necesidades mínimas de infraestructura de la explotación para poder operar.
Describir el equipo para aplicarlo al animal con sus protocolos de uso.
3.3. Recuperación del dispositivo:
Describir los procedimientos de recuperación utilizados y consignar su porcentaje de fallas.
Describir la transmisión de datos prevista a la central (módem, soporte magnético).
Garantías operativas propuestas para evitar la reutilización de los dispositivos después de su recuperación en la matanza.
Describir la facilidad de localización de los dispositivos en el animal a su llegada a la playa de matanza.
Puntos estimados de las "Lecturas" de los dispositivos en el lugar de matanza.
Describir la operatoria de cada una de ellas y hacer un cronograma de rutina de las mismas.
Hacer un gráfico del proceso de recuperación desde la entrada de los animales hasta el precintado de los envases donde se guardan los dispositivos ya recuperados y la subsecuente liberación al mercado de la carcasa debidamente identificada.
3.4. Lecturas de los dispositivos electrónicos:
Describir las fallas funcionales del sistema electrónico utilizado.
La autoridad sanitaria estima que para lograr la confiabilidad del sistema deben hacerse como mínimo: 1) una lectura previa a la aplicación; 2) una lectura UN (1) día después de su aplicación: 3) otra UNA (1) semana después: 4) otra UN (1) mes después, y 5) la confirmatoria de eficiencia SIETE (7) meses después.
A partir de allí debe hacerse por lo menos una lectura anual.
Durante el monitoreo de cada plan piloto las lecturas que se harán al mes y a los SIETE (7) meses de implantados los dispositivos, deberán ser convalidados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Lo mismo convendrá que se realice aleatoriamente cuando se recuperen los dispositivos en las playas de matanza.
En aquellos animales que hayan perdido su identificación, el procedimiento se reinicia desde el primer control de UN ( 1 ) día con la reimplantación de otro dispositivo.
Cuando se trasladen animales de un establecimiento a otro, se deben hacer controles a la salida del campo que los remite, y a la llegada de los mismos al que los recibe. Lo mismo ocurre con los animales que se remiten a la matanza, se controlarán a la salida del campo y a la llegada al matadero.
Toda la información generada por estos procedimientos debe registrarse en el banco de datos central.
4. Aspectos técnicos de la identificación electrónica de los animales:
Describir los distintos elementos que componen el sistema de identificación electrónico que se usará en el plan piloto.
Dispositivos que se utilicen en los planes piloto deben cumplir las normas ISO o ANSI (American National Standards Institute) vigentes.
Es conveniente que las frecuencias y demás características funcionales de los equipos sean compatibles con los que utilicen los países o regiones que compran nuestras carnes tales como los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y países de la Comunidad Europea.
4.1. El dispositivo electrónico:
Describir el dispositivo que se utilizará, que debe ser del tipo "read only" (solo lectura) y ser capaz de almacenar un mínimo de SESENTA Y CUATRO (64) bites.
Describir las causales de rechazo (golpes, defectos físicos, etc.).
4.2. Sistema de lectura portátil:
Describir sus prestaciones y modo de uso especialmente para la verificación de funcionamiento del dispositivo antes y luego de su aplicación al animal, indicar las distancias de operación entre el lector y el dispositivo electrónico implantado en detalle.
Debe ser conectable a una PC portátil permitiendo la transferencia de datos en forma bidireccional y tener una capacidad de almacenaje de por lo menos DOS MIL (2.000) números de identificación.
4.3.. Sistema de lectura dinámica:
Describir los componentes del sistema (antena, módulo de radio-frecuencia y computador portátil). Describir sus prestaciones especialmente las distancias necesarias entre la antena y el dispositivo implantado y cual es la máxima velocidad de paso del animal que permita realizar una lectura confiable.
Adjuntar manuales técnicos de mantenimiento y servicio de la antena y del módulo de radio-frecuencia.
El módulo de radio-frecuencia debe operar con corriente alterna y continua y baterías recargables que le den UNA (1) hora de autonomía y debe ser precintables para evitar manipulaciones.
El ordenador portátil debe ser robusto y compatible con la red informática del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, tener una capacidad mínima de almacenaje de datos de 150 Megabites y UN (1) lector de diskette.
Describir posibles interferencias entre fuentes de potencia y las lecturas de los identificadores. etc.
4.4. Sistema de lectura en matadero.
Describir el diseño de los puntos de lectura en matadero.
Describir en detalle la operación de recuperación del dispositivo y el equipamiento de detección necesario para hacerla.
Describir el método de verificación y control entre el número de animales desembarcados y los faenados.
5. Programas informáticos utilizados (Sofware):
Describir los programas usados para: a) la verificación del dispositivo, b) el sistema del lector portátil de identificación, c) para el sistema dinámico de lectura, d) para el sistema de lectura del matadero y por fin, e) el programa para el procesamiento de datos y la base de datos.
Describir el uso operativo de los programas para la identificación de los animales, que será utilizado en el Plan Piloto.
6. Duración del proyecto.
Indicar la duración estimada y la ejecutada: se entiende que la validación del Plan Piloto tendrá en cuenta su duración a fin de asegurar la confiabilidad del sistema operado y de los datos obtenidos.
ANEXO II
ESQUEMA DE UN FORMULARIO DE PRESENTACION DEL PROYECTO AL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA:
1. Título de la propuesta.
2. Identificación del proponente. Datos personales y empresarios.
3. Descripción sintética de la propuesta (+ zona y lugar de ejecución).
4. Descripción detallada de la propuesta.
4.1. Selección de las explotaciones, animales y mataderos.
4.2. Descripción de las tareas.
4.3. Calendario de tareas y duración estimada,
4.4. Detalle de la metodología, medios y recursos humanos utilizados.
4.5. Identificación del o de los responsables de las tareas.
5. Formación del personal. Capacitación.
6. Identificaciones complementarias utilizadas.
7. Lectores, controles y reemplazos de los sistemas por pérdidas.
8. Seguimiento y recuperación de sistemas en matadero.
9. Coordinación general, compilación y análisis de resultados y transmisión de datos al banco de datos.
10. Presupuesto.



Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 151/98 del 26/03/98