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Resolución 158/98 del 19/01/98




Secretaría de Culto



CULTO



Resolución 158/98



Deniégase la inscripción de la organización
denominada "Iglesia Evangélica Pentecostal Camino
de Vida", en el Registro Nacional de Cultos.



Bs. As., 19/1/98



B.O.: 06/02/98



VISTO el expediente R.E. 57/94, por el cual la Organización
denominada "IGLESIA EVANCELICA PENTECOSTAL CAMINO DE VIDA"
solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos,
según lo establecido por la Ley 21.745 en su art. 2º
y


CONSIDERANDO:


Que la documentación e información presentada por
la entidad peticionante resulta insuficiente a los fines de acreditar
el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación
vigente.


Que a fojas 39, el Registro Nacional de Cultos entiende que no
corresponde inscribir a la organización requirente.


Que en opinión vertida por la Dirección General
de Asuntos Jurídicos de este Ministerio a fojas 41, no
se debe acceder a la inscripción solicitada en conformidad
con el criterio expuesto por el Director General del Registro
Nacional de Cultos, a fojas 39.


Por ello,


EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:


Artículo 1º-No hacer lugar a la inscripción
en el Registro Nacional de Cultos de la organización denominada
"IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL CAMINO DE VIDA" con
sede central en la calle Mitre s/Nº esquina Ruta Nacional
Nº 8, localidad de Del Viso, partido de General Sarmiento,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.


Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-
Angel M. Centeno.



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