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Resolución 162/98 del 04/02/98




Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales



CINEMATOGRAFIA



Resolución 162/98



Adóptanse medidas con relación a los comprobantes
de compra o locación de videogramas grabados para participar
en los sorteos dispuestos por la Resolución Nº 1223/96.




Bs. As., 4/2/98



B.O: 12/02/98



VISTO la Resolución Nº 1223/96, y


CONSIDERANDO:


Que por Resolución Nº 1223/96 se establecieron tres
premios de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) cada uno a ser sorteados entre
los adquirentes o locatarios de videogramas grabados.


Que para la participación en los sorteos se debe enviar
el comprobante de compra o adquisición del videograma grabado
en sobre cerrado.


Que se estima oportuno adoptar medidas que contribuyan mantener
la igualdad entre los participantes así como a evitar la
posibilidad de actos que distorsionen los sorteos que se efectuar.



Por ello,


EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:


Artículo 1º-Los comprobantes de compra o locación
de videogramas grabados para participar en los sorteos dispuestos
por la Resolución Nº 1223/96 deberán remitirse
en sobre de color blanco y del tipo carta exclusivamente. No se
admitirá la participación en el sorteo de quienes
hayan enviado sobres que no reúnan los requisitos indicados
precedentemente.


Art. 2º-Serán considerados inválidos
a los fines del sorteo aquellos comprobantes de compra o locación
de videogramas grabados que presenten raspaduras, enmiendas o
borratinas.


Art. 3º-En los casos en que difiera el nombre del
remitente del comprobante con aquel que figurara en este, será
menester, previo al pago del premio que quien conste en su nombre
en el comprobante, ceda formalmente y en el expediente respectivo
al premio a quien remitiera el sobre con el comprobante. Si dicha
cesión no tuviere lugar en el plazo de treinta días
corridos a partir de la notificación que se efectúe
al remitente del comprobante, no se abonará el premio que
corresponda.


Art. 4º-Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente
archívese.-Julio Maharbiz.

Administracionius UNLP

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