COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
Resolución C. N. R. T. Nº 163/98
Bs. As., 17/2/98
B.O: 12/3/98
VISTO el Expediente Nº 024577/97 del Registro
de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que tal como lo dispone el Decreto Nº 1388 de
fecha 29 de noviembre de 1996, le compete a este Ente, la administración,
coordinación y contralor del Sistema de Evaluación
Psicofísica de Conductores afectados a los servicios de
transporte de cargas y de pasajeros.
Que en ese sentido la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Y TRANSPORTE al aprobar mediante Resolución Nº 122
de fecha 9 de mayo de 1997 el Reglamento para el Otorgamiento
y Uso de la Licencia Nacional Habilitante de los Conductores del
Transporte Automotor de Pasajeros y de Cargas de Jurisdicción
Nacional, asignó a este Ente como Autoridad de Aplicación,
del referido régimen.
Que la amplia e importante experiencia acumulada
en los últimos CINCO (5) años de desarrollo de dicho
Sistema, al lograr importantes avances en materia de prevención
de la aptitud psicofísica de los conductores del transporte
público de pasajeros y de mercancías peligrosas,
trajo aparejada la disminución del índice de siniestralidad
en dicho transporte, como así también la reducción
del ausentismo por enfermedades o accidente laborales.
Que en consecuencia a los fines del acabado cumplimiento
de lo exigido en el decreto y en la resolución antes mencionados,
la cantidad de establecimientos habilitados para realizar la Evaluación
Psicofísica debe estar en relación con la cantidad
de Conductores del Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales
y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional.
Que a la fecha, se encuentran vencidos los contratos
de prestación médica de DOCE (12) prestadores sobre
un total de VEINTICINCO (25), encontrándose próximos
a vencer los contratos de CINCO (5) prestadores más.
Que, en consecuencia corresponde arbitrar los procedimientos
tendientes a celebrar las nuevas contrataciones de prestación
médica, procediéndose a aprobar el Pliego Básico
de Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional
de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica
de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte
Terrestre, de Pasajeros, Cargas y Mercancías Peligrosas
de Jurisdicción Nacional.
Que el mismo ha sido redactado conforme a la experiencia
recogida en anteriores llamados a licitación y a concursos
públicos, teniéndose en cuenta la uniformidad del
sistema y los convenios suscriptos con las Provincias, a fin de
cumplir con el objetivo de la federalización del sistema.
Que el procedimiento del concurso público
se regirá por lo prescripto en el Capítulo VI del
Decreto-Ley Nº 23.354/56 en vigencia en virtud de lo dispuesto
en el Artículo 137 de la Ley Nº 24.156.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención
que le compete.
Que la competencia para el dictado de la presente
medida surge de las facultades otorgadas por el Decreto Nº
1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION
DEL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 º- Apruébase
el Pliego Básico de Condiciones para el llamado a Concurso
Público Nacional para la contratación de Prestadores
Médicos para la Evaluación Psicofísica de
los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte
Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas
de Jurisdicción Nacional como uno de los requisitos para
el otorgamiento y uso de la Licencia Nacional Habilitante de los
mismos, que como Anexo I forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 2º-Comuníquese
a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
ARTICULO 3º- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. -Lic. HUGO O. RAMOS,
Vicepresidente. -Ing. JORGE ANDRES ANDRADE, Director. -Ing. RODOLFO
MARTINEZ DE VEDIA, Director. -ROBERTO A. CIAPPA, Presidente. -Dr.
JOSE G. CAPDEVILA, Director.
NOTA: Esta Resolución
se pública sin el Anexo I. La documentación no publicada
puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección
Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767 - Cap. Fed.).
e. 12/3Nº219.427v. 12/3/98 |