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Resolución 1651/98 del 22/12/98



Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 1651/98

Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1998 del Patrimonio en Liquidación - Banco Nacional de Desarrollo.

Bs. As., 22/12/98

B.O.: 30/12/98

VISTO el Expediente N° 080-007156/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y la Decisión Administrativa Nº 55 del 22 de enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 461 de fecha 13 de abril de 1998 fue aprobado el presupuesto correspondiente al ejercicio 1998 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO y modificado por su similar N° 1.414 de fecha 30 de octubre de 1998, contemplando los recursos y los gastos de dicho ejercicio.

Que la Decisión Administrativa Nº 55 del 22 de enero de 1998 extendió hasta el 31 de diciembre de 1998 el plazo establecido por el artículo 64 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley Nº 24.764 para la liquidación definitiva de los entes en liquidación enunciados en el listado que como ANEXO III forma parte integrante de la misma, entre los cuales se encuentra el PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO.

Que por Ley Nº 24.938 fue aprobado el presupuesto correspondiente al ejercicio 1998 de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, que contempla los recursos y gastos para dicho ejercicio.

Que en el caso del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, el grado de avance de las tareas residuales del proceso liquidatorio y el saldo real de disponibilidades que la misma posee al 31 de octubre de 1998, indican la conveniencia de modificar el presupuesto aprobado para el ejercicio 1998, a fin de no mantener fondos ociosos en el ente con el consecuente perjuicio financiero para el ESTADO NACIONAL que de ello se deriva.

Que la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, presenta un agudo déficit operativo y financiero que hace peligrar su capacidad de sostener sus funciones tendientes al mantenimiento de la producción para la defensa nacional, ya que el mencionado Organismo no cuenta con los fondos necesarios para el desarrollo de sus funciones específicas.

Que en virtud del Proyecto de Presupuesto elevado al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, a la aludida DIRECCION GENERAL no le será posible hacer frente a las erogaciones necesarias para solventar los gastos de operación y en personal, al no contar con aportes del Tesoro Nacional.

Que a fin de permitir el funcionamiento de dicho ente y lograr el eficiente manejo de los fondos existentes en los Entes en Liquidación, resulta conveniente reasignar en esta oportunidad recursos genuinos disponibles del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, evitando de esta forma no sólo recurrir al Tesoro Nacional, sino también destinar al mismo recursos excedentes.

Que obra en las actuaciones el dictamen favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que, en mérito a ello, la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que emergen de los artículos 49 y 52 de la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL y del Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la citada Ley.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1° —Modifícase el Presupuesto del ejercicio 1998 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO aprobado por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 461 del 13 de abril de 1998 y modificado por su similar N° 1.414 de fecha 30 de octubre de 1998, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 2º —En virtud de la modificación dispuesta por el artículo precedente, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000.-) será destinada a solventar gastos operativos y en personal de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio.

Art. 3° —Teniendo en cuenta la modificación dispuesta por el artículo 1° se establece el Presupuesto para el ejercicio 1998 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 4º —Apruébase el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1998 del PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el artículo 1º de acuerdo al detalle que figura en las planillas que como ANEXO I forman parte integrante de la presente Resolución.

Art. 5º —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Roque B. Fernández.

NOTA: Esta resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).

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