Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 1658/98
Cancélase una licencia en régimen de competencia
oportunamente otorgada a través de la Resolución
Nº 551/94 ex - SOPYC, para la prestación de un Servicio
Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.
Bs. As., 4/8/98
B.O: 07/08/98
VISTO el Expediente Nº 22.764/93, del registro de la ex - COMISION
NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual HANDYFON S.R.L., solicita
la baja de las licencias para la prestación de servicios
de telecomunicaciones en régimen de competencia, que le
fueran oportunamente otorgadas, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 551 dictada por la ex - SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES con fecha 25 de octubre de
1994, se otorgó a HANDYFON S.R.L., licencia para la prestación
de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de Competencia
para Servicio Radioeléctrico de Concentración de
Enlaces.
Que con fecha 15 de abril de 1998, el solicitante efectúa
una presentación, mediante la cual solicita la baja de
la licencia de que se trata.
Que recabada la intervención del órgano jurídico
respectivo, se expide en el sentido de que procede dar de baja
tales licencias.
Que el Decreto 1185/90 y sus modificatorios, establecen las reglas
a las que deberá ajustarse la declaración de caducidad
de las licencias.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del Anexo II del Decreto Nº 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º- Cancélase la licencia en
régimen de competencia oportunamente otorgada a HANDYFON
S.R.L. a través de la Resolución Nº 551 dictada
por la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES con
fecha 25 de octubre de 1994, para la prestación del Servicio
Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.
Art. 2º- La medida adoptada en el artículo
anterior, tendrá vigencia a partir del 15 de abril de 1998.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Germán Kammerath.