Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 167/98
Considéranse sujetos al beneficio establecido
por la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
de compras e importaciones de bienes de capital de Masisa Argentina
S.A.
Bs.As., 13/3/98
B.O: 19/3/98
VISTO el Expediente Nº 060-015724/96 del Registro
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CQNSIDERANDO:
Que la firma MASISA ARGENTINA S.A. ha solicitado
los beneficios establecidos en el Régimen de Financiamiento
del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación
de créditos equivalentes al Impuesto al Valor Agregado
pagado por compras e importaciones de bienes de capital destinados
a la fabricación de tableros aglomerados.
Que la firma MASISA ARGENTINA S.A. ha adquirido un
compromiso para la obtención de una certificación
de calidad según la norma IRAM.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso
de exportación de acuerdo al Anexo I de la Resolución
Conjunta ex-S.M. e I. Nº 68/96 y ex-S.C. e I. Nº 70/96
de fecha 12 de febrero de 1996.
Que del análisis efectuado, surge que los
bienes de capital se encuadran dentro de los objetivos fijados
por la Ley Nº 24.402 y que se ha dado cumplimiento a los
requisitos establecidos por el Decreto Nº 779/95 Reglamentario
de la Ley Nº 24.402 y su Anexo correspondiente de fecha 31
de mayo de 1995.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria,
Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando
que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por
el Artículo 11º del Decreto 779/95 y el Artículo
5º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 40197 de fecha
23 de enero de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-
Considéranse sujetos al beneficio establecido por los Artículos
1º y2º de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes
al I.V.A. de las compras e importaciones de bienes de capital
de MASISA ARGENTINA S.A. destinados a la fabricación de
tableros aglomerados cuyo detalle figura en el Anexo I de la presente
Resolución según la N.C.M. que en DOS (2) planillas
forman parte integrante de la presente Resolución.
Art.- 2º-Atento a
lo requerido por el Artículo 1º de la Resolución
Conjunta ex-S.M. e I. Nº 68/ 96 y ex-S.C. e I. Nº 70/96,
la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido
en el Artículo 2º de la Resolución Conjunta
ex-S.M. e I Nº 70/96 y ex-S.C. e I. Nº 72/96 de fecha
12 de febrero de 1996, a la presentación del correspondiente
certificado de norma internacional de calidad.
Art. 3º-El incumplimiento
por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en
oportunidad de la adquisición de los bienes de capital
objeto de la financiación estipuladas en el Artículo
2º de la Ley Nº 24.402 y/o de la presentación
del certificado de norma internacional de calidad y/o del compromiso
de exportación dará lugar a la aplicación
del Artículo 3º de la Ley Nº 24.402.
Art. 4º-A través
de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente
de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a
MASISA ARGENTINA S.A.
Art.5º-Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. -Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. Y M. Nº 167
POSICION ARANCELARIA |
MONTO DEL I.V.A. |
7309.00.90 | $ 7.328.95 |
| |
8402.19.00 | $ 14.657,90 |
| |
8413.70.80 | $ 2.785,00 |
| |
8414.59.90 | $ 16.152,24 |
| |
8414.80.31 | $ 5.959,05 |
| |
8419.39.00 | $ 214.954,69 i |
| |
8419.89.99 | $ 1.334.329.21 |
| |
8421.29.90 | $ 1.685,66 |
| |
8421.39.90 | $ 52.280.39 |
| |
8427.10.90 | $ 79.396,18 |
| |
8428.20.90 | $ 47.409,81 |
| |
8428.33.00 | $ 126.889,26 |
| |
8428.39.10 | $ 31.021,33 |
| |
8428.39.20 | $ 207.845,11 |
| |
8428.39.90 | $ 204.428,82 |
| |
8428.90.90 | $ 157.868,94 |
| |
8465.91.20 | $ 170.028,24 |
| |
8465.93.10 | $ 178.598,96 |
| |
8465.99.00 | $ 531.365,02 |
| |
8479.30.00 | $ 2.512.647!65 |
| |
8479.82.90 | $ 48.803,95 |
| |
8504.23.00 | $ 76.877.22 |
| |
TOTAL A FINANCIAR | $6.023.313.58 |
SON PESOS SEIS MILLONES VEINTITRES MIL TRESCIENTOS TRECE CON 58/100. |