Secretaría de Hacienda ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL
SECTOR PUBLICO NACIONAL Resolución 177/97 Amplíanse las leyendas descriptivas de algunas partidas
del clasificador presupuestario por objeto del gasto. Bs. As., 14/4/97
VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera
y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional
y los Decretos Nros. 866 y 1815 de fechas 28 de mayo y 29 de setiembre
de 1993, respectivamente, aprobatorios de los clasificadores presupuestarios
de gastos por objeto del gasto y de recursos por rubro, y
CONSIDERANDO:
Que de la aplicación del clasificador por objeto del gasto
han surgido dadas respecto de la correcta imputación de
algunos conceptos incluidos en el Presupuesto General de Administración
Nacional.
Que en función de lo expresado resulta necesario ampliar
las leyendas descriptivas de algunas partidas del mencionado clasificador.
Que la presente normativa se dicta en función de las disposiciones
del artículo 6° del Decreto N° 26.66/92 y del
artículo 4° del Decreto N° 866/92.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1°-Modifícase el clasificador
por objeto del gasto de acuerdo al detalle obrante en la planilla
anexa que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo
E. Guidotti.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1 °
CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
Agréganse a las leyendas descriptivas del Clasificador
por objeto del gasto, lo siguiente:
121 - Retribución del Cargo
Incluye las horas de cátedra correspondientes al personal
temporario y el pago por similar
concepto al personal de planta permanente que desarrolle adicionalmente
tareas docentes de capacitación.
32 - Alquileres y Derechos
Incluye el pago de las sumas pactadas por la suscripción
de contratos de "leasing" o la construcción,
a riesgo del contratista, de obras bajo la modalidad "llave
en mano".
354 - Primas y gastos de seguro
Incluye el pago de las contribuciones a cargo del Estado a las
Aseguradoras de Riesgo de Trabajo.
439 - Equipos varios
Incluye asimismo los gastos de capital de carácter reservados que utilicen las Jurisdicciones autorizadas exclusivamente por la Ley N° "S" 18.302.
667 - Incremento de otras cuentas a cobrara largo plazo
Incluye los gastos originados en la constitución de Fondos Fiduciarios de propiedad de Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.