Administración Nacional del Seguro de Salud OBRAS SOCIALES Resolución 1790/97 Mantiénese la inscripción de la Obra Social del
Personal Marítimo en d Registro de Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica
de Jubilados y Pensionados. Bs. As., 16/7/97 B.O.: 05/08/97
VISTO la Actuación Nro. 38266/97-ANSSAL y la Resolución
Nro. 3203/95-ANSSAL; y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución del Visto dispuso la puesta en funcionamiento
y operatividad del Registro de Agentes del Sistema Nacional del
Seguro de Salud para la Atención de Jubilados y Pensionados
creado por el Decreto nro. 292/95.
Que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARITIMO (R.N.O.S. Nº 1-1180)
ha solicitado una modificación en la inscripción
en el nombrado Registro, y atender solamente al personal de su
actividad.
Que las áreas técnicas pertinentes han emitido opinión
favorable, y la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tenido
la intervención de su competencia a través del Dictamen
respectivo.
Por ello, y lo dispuesto por las leyes 23.660, 23,661 y Decretos
784/93, 785/93, 292/95 y 492/95,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º-Mantener la inscripción
en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud
para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados
a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARITIMO bajo el Nro. l -0003, aclarando
que regirá para la atención de los Jubilados y Pensionados
de su actividad.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- José L. Lingeri.