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Resolución 180/98 del 18/08/98




Secretaría de Política y Regulación de
Salud


CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA


Resolución 180/98


Creación. Integrantes.


Bs. As., 18/8/98


B.O: 25/08/98


VISTO el Expediente Nº 2002-2452/98-9 del registro de este
Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por el artículo 13 del Decreto
Nº 1288/97 reglamentario de la Ley 24.317 es necesario contar
con un CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOCIA cuyas funciones se
establecen en la misma norma.

Que para la integración de dicho Consejo se tiene en cuenta
la propuesta de la ASOCIACION ARGENTINA DE KINESIOLOGIA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA Y REGULACION DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º- Créase el CONSEJO PROFESIONAL
DE KINESIOLOGIA el que será presidido por el Director de
Registro y Fiscalización de Recursos de Salud, con las
funciones establecidas en el artículo 13 del Decreto Nº
1288/97, Reglamentario de la Ley 24.137 del Ejercicio de Kinesiología.


Art. 2º- Desígnase como integrantes del CONSEJO
PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA a los siguientes profesionales: Doctores
en Kinesiología y Fisiatría D. Guillermo Mario SCAGLIONE
(D.N.I. Nº 14.927.859), D. Hugo RODRIGUEZ ISARN (D.N.I. Nº
4.413.556) y D. Rodolfo COVA (L.E. Nº 426.681), el Licenciado
en Kinesiología y Fisiatría D. Ernesto SPAGNOLO
REY (D.N.I. Nº 4.430.378) y los Kinesiólogos Fisiatras
D. Claudio LIETI (L.E. Nº 5.407.152) y D. Alberto ELMI (D.N.I.
Nº 4.370.327).

Art. 3º- E1 desempeño de los profesionales
como integrantes del CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA será
con carácter honorario.

Art. 4º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido,
archívese.- Guillermo R. Bonamassa.

Administracionius UNLP

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