Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 1945/97 Confírmase el otorgamiento de una Licencia en régimen
de competencia para la prestación de los Servicios de Valor
Agregado, establecido por la Resolución Nº 25.843/96. Bs. As., 23/6/97 B.O: 7/7/97
VISTO el Expediente Nº 33.793/96, del registro de la Ex-COMISION
NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual se gestiona en favor
de TZAMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA el otorgamiento
de la licencia definitiva para la prestación de servicios
de telecomunicaciones en régimen de competencia, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 731 del 12 de setiembre de 1989, modificado
por su similar Nº 59 del 5 de enero de 1990, estableció
que los servicios de telecomunicaciones no considerados básicos
o declarados en régimen de exclusividad por el PODER EJECUTlVO
NACIONAL, serán prestados en régimen de competencia.
Que los Decretos Nros. 62 del 5 de enero de 1990 y 1185 del 22
de junio de 1990 y sus modificatorios, establecen que los interesados
en la prestación de servicios de Telecomunicaciones en
régimen de competencia, deberán obtener la respectiva
licencia.
Que las Resoluciones dictadas por la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
Nros. 477 del 17 de febrero de 1993 y 996 del 12 de marzo de 1993,
establecen el régimen y los requisitos para la obtención
de las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones
en régimen de competencia.
Que oportunamente se concedió a TZAMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, licencia en régimen de competencia, por el término
de NOVENTA [90) DIAS, para posibilitar, dentro de ese lapso, la
regularización de la documentación presentada, en
un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º
de la Resolución Nº 996 dictada por la ex, COMISION
NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES el 12 de marzo de 1993.
Que a la fecha la recurrente ha dado cumplimiento a dicho requisito,
por lo que corresponde confirmar el otorgamiento de la licencia
solicitada.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del Anexo II del Decreto 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Confirmarse el otorgamiento de
la licencia en régimen de competencia a TZAMAR SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para la prestación de los
SERVICIOS DE VALOR AGREGADO, establecido en el Artículo
1º de la Resolución Nº 25.843, dictada por la
SECRETARIA DE COMUNICACIONES, el 9 de diciembre de 1996.
Art, 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán
Kammerath.