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Resolución 1945/98 del 04/09/98




Secretaría de Comunicaciones


TELECOMUNICACIONES


Resolución 1945/98


Convócase a Audiencia Pública Consultiva, a efectos
de analizar las cuestiones técnicas y regulatorias para
la implementación de los sistemas de TV Digital Terrestre.



Bs. As. 4/9/98.


B. O.: 07/09/98.


Visto el Expediente N° 1455/97 del registro de esta Secretaría
y las Resoluciones S.C. N° 2128/97, N° 433/98 y N°
1637/98; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 3º
de la Resolución Nº 1637/98 se han llevado a cabo
distintas acciones que posibilitarán la realización
de la Audiencia Pública para analizar las cuestiones técnicas
y regulatorias que presenta el proceso de evolución tecnológica
desde los sistemas de TV analógica a digital.

Que en primer orden, se ha previsto su realización en el
marco de los dispuesto por el artículo 15 de la Resolución
S.C. N° 57/96.

Que por otra parte, a fin de lograr un marco conceptual para el
desarrollo de la misma se ha estimado conveniente elaborar un
Documento de Consulta, que se adjunta como Anexo a la presente,
el cual deberá ser contestado y remitido a esta Secretaría
en forma previa a la realización de la Audiencia.

Que la contestación por escrito del Documento Público
será requisito indispensable para estar registrado como
orador en la Audiencia respectiva. De esta manera será
posible contar con las opiniones expresadas en forma sistematizada
y escrita para su posterior análisis pormenorizado.

Que no obstante lo expuesto, los oradores no estarán condicionados
en su presentación oral al cuestionario formulado en el
Documento de Consulta y tendrán la más amplia libertad
-en cuanto al contenido y forma- para expresar sus opiniones.
A estos efectos, deberán informar al momento de la inscripción
el soporte informático o audiovisual que se requiera para
la presentación.

Que de esta manera se espera abrir el debate en el sector y dar
un fuerte impulso a las cuestiones relativas a los sistemas de
TV Digital Terrestre a fin de posibilitar el desarrollo de estos
servicios con parámetros internacionales en beneficio de
la comunidad.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico
permanente de esta Secretaría.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 94 de la Ley Nº 22.285 y el Decreto N°
1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1°- Convócase a Audiencia Pública
Consultiva en los términos del artículo 15 del Reglamento
General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta
aprobado por Resolución SC N° 57/96, para el día
22 de septiembre de 1998, a las 10 hs., en Sarmiento N° 151,
Piso 4°, edificio del Correo Central, Salón "Eva
Perón", de la Ciudad de Buenos Aires; a efectos de
analizar las cuestiones técnicas y regulatorias para la
implementación de los sistemas de TV Digital Terrestre.


Art. 2°- Desígnase como Presidente Alterno
1° al Vicepresidente Primero de la Comisión Nacional
de Comunicaciones, Cr. Roberto Eliseo Uanini y como Presidente
Alterno 2º a la Dra. María Gabriela Larrauri, en tanto
que la Presidencia será asumida por el suscripto.

Art. 3°- Apruébase el Documento de Consulta
Público sobre TV Digital Terrestre que se adjunta como
Anexo I a la presente.

Las respuestas y opiniones podrán ser presentadas hasta
el 18 de septiembre de 1998, por escrito debidamente firmadas,
en Sarmiento N° 151, Piso 4°, Oficina 437 -Mesa de Entradas-
en el horario de 10.00 a 17.00 horas.

Art. 4°- La inscripción para participar como
orador en la Audiencia Pública Consultiva se efectuará
por escrito con el envío de la contestación al Documento
de Consulta a que se refiere el artículo 3° y nota
en la que se indique el nombre, antecedentes y representación
que ejerce quien hará uso de la palabra, como así
también soporte informático o audiovisual que se
utilizará en la presentación.

Las inscripciones se receptarán hasta el 18 de septiembre
de 1998, en Sarmiento N° 151, Piso 4°, Oficina 437 -Mesa
de Entradas- en el horario de 10.00 a 17.00 horas.

Art. 5°- Sin perjuicio del derecho de todos los interesados
a remitir su opinión al Documento de Consulta Público,
como así también a participar en forma oral en la
Audiencia Pública Consultiva, remítase la presente
al Presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación,
Dn. Juan Manuel Valcarcel y a sus miembros integrantes, a los
Señores Senadores de la Nación Dn. José Manuel
De La Sota, Dn. José Luis Gioda, Dn. Mario O"Donnel como
así también a los Señores Diputados de la
Nación, Dn. Oscar Félix González, Dn. Dámaso
Larraburu, Dn. Pascual A. Rampi, Dn. Esteban Dómina y Dn.
Norberto Nicotra, al COMITE NACIONAL DE RADIODIFUSION -COMFER-,
a la ASOCIACION TELERRADIODIFUSORAS ARGENTINAS -A.T.A.-, a la
ASOCIACION INTERNACIONAL DE RADIODIFUSORES, a la ASOCIACION DEL
CONSUMIDOR -ADELCO-, a la ASOCIACION DE FABRICAS ARGENTINAS TERMINALES
DE ELECTRONICA -AFARTE-, a la ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION
POR CABLE -ATVC-, a ARGENTINA TELEVISORA COLOR -ATC-, a la CAMARA
ARGENTINA DE DESARROLLO Y APLICACIONES SATELITALES -CADAS-, a
la CAMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS ELECTRONICAS -CADIE-, a la CAMARA
ARGENTINA DE PROVEEDORES Y FABRICANTES DE EQUIPOS DE RADIODIFUSION
-CAPER-, al CONSEJO PROFESIONAL DE ENERGIA EN TELECOMUNICACIONES,
ELECTRONICA Y COMPUTACION -COPITEC, a la ORGANIZACION DE LA TELEVISION
IBEROAMERICANA -OTI, a la ASOCIACION de SOCIOS ARGENTINO DE LA
OTI, a la SECRETARIA DE PRENSAY DIFUSION DE LA PRESIDENCIA DE
LA NACION, a ADVANCE TELEVISION SYSTEMS COMMITTEE -ATSC, a la
FEDERAL COMMUNNICATIONS COMMISSION -FCC, a ZENITH ELECTRONICS
CORPORATION, a DIGITALVIDEO BROADCASTING -DVB, al SINDICATO ARGENTINO
DE TELEVISION, a la SECRETARIA DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
DE ESTADOS UNIDOS DE MEXICO.

Art. 6°- Sustitúyese el artículo 1°
de la Resolución S.C. Nº 1637/98 por el artículo
1° de la presente.

Art. 7°- Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Germán Kammerath.

ANEXO I

DOCUMENTO DE CONSULTA PUBLICA

AUDIENCIA PUBLICA DE TV DIGITAL TERRESTRE

I.- Introducción.-

1. La evolución tecnológica, la reducción
de los costos y el creciente proceso de convergencia entre la
industria de las telecomunicaciones y la industria de los contenidos
es el escenario que presentará los principales desafíos
para los próximos años. Desafíos que deberán
tener una respuesta adecuada desde el sector público en
su condición de regulador y desde el sector privado como
productor "eficiente" de bienes y servicios de buena
calidad que deberán estar disponibles para un número
cada vez creciente de clientes.

2. Hoy, entre los intentos más ambiciosos a los que se
enfrenta el mercado es preciso considerar al desarrollo de la
televisión digital.

3. La televisión digital nace de la transformación
del sistema analógico de televisión.

4. La TV digital permite enviar por un mismo canal de televisión
de 6 Mhz de ancho de banda, opcionalmente varios canales simultáneos
de televisión. Así se puede transmitir un canal
de Alta Definición y canales de televisión standard,
con calidad broadcasting. También se puede enviar en forma
simultanea comunicaciones de datos a alta velocidad.

5. En ese contexto se enmarca el desarrollo de la TV digital,
que ha implicado toda una revolución tecnológica
en los países europeos, como así también
en EEUU y Canadá. Es posible imaginar que se desarrollará
una industria de servicios de enorme escala para lo cual previamente
es necesario definir las cuestiones técnicas y tecnológicas
que posibiliten el desarrollo del proyecto.

Desde una perspectiva técnica es necesario considerar que
tanto la transmisión por aire como la transmisión
por cable, radioeléctrica o satélite tienen estándares
distintos y presentan problemas distintos desde el punto de vista
regulatorio; ello sin considerar los inconvenientes referidos
al equipo receptor, al requerimiento de compatibilidad con otros
equipos, y el desarrollo de las aplicaciones interactivas, es
decir que se denomina interoperatividad entre distintos sistemas.


6. Se advierte que aún hoy la tecnología disponible
para los distintos sistemas de transmisión presenta algunas
dificultades, no obstante entendemos que la TV digital seguirá
el camino recorrido por los sistemas de telecomunicaciones, tales
como el telégrafo, el teléfono o las tecnologías
inalámbricas. Cada una de ellas tuvo que abrirse camino
durante años de crecimiento lento antes de que un sector
realmente masivo pudiera disponer del servicio.

7. La República Argentina estuvo a la vanguardia del proceso
de transformación del sector de telecomunicaciones y no
puede estar ajeno ni distante del proceso de evolución
tecnológica que supone el desarrollo de la TV digital.


8. Es por otra parte un condicionamiento constitucional expreso
garantizar el derecho de los consumidores y usuarios a la seguridad
e intereses económicos, a una información adecuada
y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato
equitativo y digno.

9. Es por ello que, se ha estimado conveniente convocar a la realización
de una Audiencia Pública a fin de posibilitar que todos
los sectores de la sociedad puedan expresar su opinión.
En esta oportunidad, referida al desarrollo de la TV digital terrestre
en la Argentina, que implicará seguramente, en el largo
plazo, una transformación cultural profunda en las actividades
cotidianas.

II.- Objetivos.-

10. Mediante los distintos pasos instrumentados desde la Secretaría
de Comunicaciones de la Presidencia de la Nación se ha
buscado, en primer lugar, efectuar un relevamiento de las cuestiones
técnicas más trascendentes, como así también
determinar la implementación del proceso de migración
de los sistemas analógicos a digitales.

11. En segundo lugar se ha buscado abrir un espacio para el debate
y la reflexión del sector en su conjunto y de la sociedad
toda para el desarrollo de la TV digital terrestre.

12. Si bien se estima que la llave del desarrollo de estos sistemas
estará dado por el atractivo de los contenidos, no es este
aspecto motivo de nuestro debate.

13. Sin perjuicio de lo cual, útil es reconocer que una
de las diferencias fundamentales que existen en el mercado de
la TV en EEUU y en Europa radica precisamente en los contenidos.
Mientras que EEUU posee una poderosa industria audiovisual, que
permite una enorme posibilidad de elección, junto a una
sociedad muy mediatizada, con 97 millones de hogares -casi el
100% de los hogares- equipados con un receptor de TV, Europa tiene
una producción cultural, económica y socialmente
fragmentada en 15 países diferentes, y sólo el 89%
de los hogares desigualmente repartidos en los países de
la UE tienen televisión.

14. Corresponde celar aclarado entonces, que lo que aquí
se debate es principalmente la perspectiva y el encuadre normativo
estrictamente técnico y tecnológico, y el proceso
de transformación de los sistemas terrestres de TV abierta
analógica a digital, dentro del ámbito de las competencias
asignadas a esta Secretaría.

15. Bajo estas premisas, es nuestro propósito:

a) Efectuar un proceso de migración de los sistemas de
TV analógico al digital en el menor tiempo posible, garantizando
un período de coexistencia armoniosa que facilite la tarea
de los prestadores y satisfaga la demanda y los derechos de los
televidentes, sin que este proceso sea coercitivo para el público
en general en recepción de este servicio.

b) Adoptar el estándar de digitalización definitivo
que mejor se adecue a las necesidades del país.

c) Prever la interoperatividad de los sistemas de TV digital.

d) Evaluar el impacto en la sociedad del proceso de transferencia
al nuevo sistema.

e) Considerar y en su caso prevenir los efectos económicos
que el proceso de transferencia puede generar tanto para los prestadores
como para los usuarios.

16. Para ello se ha estimado conveniente considerar los procesos
regulatorios que se están desarrollando a nivel mundial,
y que a continuación se exponen en breve síntesis.
Aún cuando, la presente audiencia se orienta a resolver
las cuestiones relativas a la TV digital terrestre, las consideraciones
que se exponen seguidamente abarcan el desarrollo del sector en
su conjunto, de manera tal de poner en evidencia las diferentes
tendencias que existen en la materia.

III.- Estado actual de la regulación de TV digital a nivel
internacional.

a) Aspectos generales:

17.- En primer término, corresponde decir que para comprender
los aspectos involucrados en el desarrollo de la TV digital deben
tenerse en cuenta las actividades fundamentales que componen la
cadena del sector.

18.- En primer lugar están los proveedores de contenidos
audiovisuales, seguido del programador, que agrupa y segmenta
estos contenidos para dirigirlos a los prestadores de servicios
de TV que difunden a los usuarios la información.

19.- La recepción por parte de los usuarios puede ser libre
o cerrada. Si es cerrada, se hace necesario la incorporación
de los mecanismos para el acceso condicional de los abonados.


20. Las redes de distribución y difusión que se
pueden utilizar son: redes terrestres, de cable, satelitales,
o radioeléctricas. Como se ha expresado en los puntos anteriores,
el debate que hoy se abre abarca sólo a las redes terrestres
y a los sistemas de recepción libre por parte de los usuarios,
y no a aquellos de pago condicionado que, como veremos, es el
aspecto en el que mayor énfasis está poniendo la
regulación europea.

21. En los últimos años se ha avanzado a pasos agigantados
en el desarrollo de tecnologías de compresión digital
de video. La compresión, transmisión y recepción
digitales hace un aprovechamiento distinto de una banda de 6 Mhz.
En rigor, una banda de 6 Mhz podría ser utilizada de diferentes
maneras, ya sea transmitiendo varios canales de SDTV, es decir
TV digital de resolución estándar o un solo canal
de alta definición HDIV. Una situación similar se
advierte en los sistemas digitales como son los satélites
DBS.

22. Es así que, para el caso de la TV digital terrestre,
se adoptó el uso de 6 Mhz. La posibilidad del usuario de
tener acceso a un canal digital de alta definición o varios
canales estándares, hará que las decisiones que
se adopten no sean sólo un proceso tecnológico,
sino que impacten fuertemente en la calidad y posibilidades del
servicio ofrecido a los usuarios.

23. Sin duda, después de este primer paso de transformación
de la TV abierta analógica a digital, llegará un día
en el que la televisión, los videos, la radio, el periódico
y otras tantas formas de comunicación mas, viajen por los
distintos medios de transmisión y puedan ser accedidas,
ya no por medio de un decodificador o un aparato de TV, o un video
sino por una computadora personal. Es aquí donde el desarrollo
tecnológico presenta un segundo desafío de importancia
para el regulador, dado que será necesario prever, y en
su caso garantizar la interoperatividad entre los sistemas.

24. En otras palabras, la regulación debería fijar
los lineamientos de modo tal que fuera posible en el futuro acceder
por medio de un equipo receptor o una computadora a todo tipo
de medios de comunicación, con el beneficio de que podemos
seleccionar, editar y conservar, en soportes casi indestructibles
y de alta resolución, la información que deseemos.


b) Aspectos técnicos:

25. La aparición de la TV digital terrestre implica la
consolidación del MPEG-2, es decir la tecnología
encargada de multiplexar, codificar y comprimir el video y audio
digital.

26. El MPEG-2 es un estándar de compresión. Una
señal de HDTV pura, utiliza de 30 a 140 Mbits/seg. y al
pasarla por MPEG-2 se comprime, es decir reduce la velocidad.
Ello permite adaptar la velocidad de transmisión a la calidad
requerida por el programa o servicio considerado. Por ejemplo,
los dibujos animados pueden requerir unos 2 Mbits/seg., un telediario
unos 3 Mbits/seg. y una película puede codificarse con
alrededor de 4 Mbits/seg. El video de calidad superior para ver
un partido de fútbol puede estar entre 6 y 8 Mbits/seg.
o mayores hasta 19,4 Mbits/seg. para la señal de alta definición.


En diferentes sistemas las velocidades pueden ser mayores hasta
38,8 Mbits/seg. Ello implica mayor calidad de servicio. Los canales
de audio asociados, dado que también son digitales, proveen
calidades CD con variantes según el estándar utilizado.


27. En lo que respecta a la TV digital cerrada, aquella a la que
se accede previo pago, el estándar MPEG-2 dejó sin
especificar ciertas tramas, fundamentalmente las dedicadas al
"acceso condicional". Si bien, en este Documento no
se discuten los aspectos referidos a la TV digital cerrada, hoy
el debate en Europa se centra principalmente en estos sistemas.


28. En los sistemas de TV cerrada el "sistema de acceso condicional
(CA)" hace referencia a aquellas claves de acceso que permiten
solamente a los usuarios que pagan acceder a la información
transmitida. El Receptor Decodificador Integrado (IRD) es el elemento
capaz de convertir las señales recibidas, también
se denomina "Set Top Box (STB)", sobre todo en EEUU.
En el IRD se encuentran las claves para el acceso condicional
de pago a programas y servicios.

c) Aspectos regulatorios:

29. Existen en este tema dos vertientes claramente diferenciadas,
la americana y la europea.

30. En lo que respecta al desarrollo americano del proceso de
implementación de la TV digital abierta terrestre, el punto
de partida fueron las definiciones dada por la Federal Communications
Commission (FCC) en marzo de 1990 que establecieron que: (i) el
espectro actual para TV analógica se mantenga para TV digital,
(ii) la necesidad de establecer un período de transición
a fin de que todos los radiodifusores tengan tiempo para adecuar
sus estaciones, (iii) que el ancho de banda de 6 Mhz de cada canal,
se mantenga igual para TV digital.

31. Otro paso importante en el desarrollo de la TV digital terrestre
fue la decisión adoptada por la FCC el 21 de abril de 1997,
que definió el plan de transferencia definitivo de los
sistemas de televisión analógicos a digitales ("Document
97-115, the FCC, Outline its final channel allotment plan for
Digital TV-also called DTV or HDTV").

32. A fin de implementar la programación a emitir en TV
digital (DIV), la FCC ha decidido dividir el proceso en tres fases:
(i) Fase 1: que permitirá insertar programación
local en HDTV en forma gradual, para lo cual se prevé que
en los primeros seis años por lo menos el 50% de la programación
en NTSC deberá emitirse en HDTV más los canales
estándar en transmisión DTV, (ii) Fase 2: se deberá
incrementar un 20% más de programación en HDTV y
STD TV al siguiente año de los primeros seis, y finalmente
(iii) Fase 3: al octavo año del comienzo de las transmisiones,
la estación deberá emitir en full HDTV y STD TV
por el canal DTV, o sea el 100% de la programación.

33. La fase 1 de implementación del plan comienza en el
segundo semestre de 1998, y en general los informes recibidos
indican que todo marcha bien. No se identifican obstáculos
importantes que amenacen el lanzamiento del servicio.

34. Para el 1 de noviembre de 1998, 24 estaciones se han comprometido
voluntariamente a estar en el "aire". Sin embargo, la
reglamentación de la FCC establece que 40 estaciones deberán
estar en el "aire" para el 1 de mayo de 1999.

35. Según los informes recibidos las reglas de la FCC requieren
que: "...40 estaciones en los diez principales mercados estadounidenses
estén en el aire para el 1 de mayo de 1999 y esta cantidad
aumenta a 120 estaciones en los treinta principales mercados para
el 1 de noviembre de 1999. Esto significa que para fines de 1999
más del 50% de los hogares estadounidenses tendrán
acceso a por lo menos tres señales de DTV en el aire. Y
estos números subestiman considerablemente el ritmo de
la transición, por que no incluyen estaciones en los más
de 170 mercados de TV el país ni tampoco incluyen ninguna
estación de TV pública, muchas de las cuales se
encuentran a la delantera del proceso de implementación
de esta nueva tecnología innovadora. Todos los organismos
de radiodifusión comerciales deben estar en el aire para
mayo del 2002, y todos los organismos de radiodifusión
no comerciales para mayo del 2003...".

36. En lo que respecta a la TV digital por cable, hasta el momento
la FCC ha evitado imponer alguna regulación específica
en la industria de la TV por cable para implementar el servicio
de DTV, ya que se estima que las fuerzas del mercado asegurarán
que los operadores de TV por cable proveerán servicios
de DTV innovadores, incluyendo HDTV, a sus abonados.

37. Por otra parte la FCC está analizando la pertinencia
de aplicar al régimen de televisión digital, la
regla de cable "must carry", es decir deber de transportar
las señales de aire del operador local.

38. En lo que respecta a los equipos, por lo menos catorce fabricantes
han anunciado planes de ofrecer receptores de HDTV para fines
de este año en oportunidad del lanzamiento de las primeras
emisiones de DTV.

39. En primer lugar, los fabricantes de receptores deberán
garantizar la nueva serie de receptores de TV en HDTV para los
usuarios a un costo moderado. Por otra parte también exige
que se garantice la interoperatividad entre los distintos medios
por los cuales la TV digital se puede recibir y emitir (vía
cable, satélite, microondas o terrestre), así, los
sistemas de cable deberán poder recepcionar las señales
de aire en DTV y emitirlas por sus sistemas. También las
señales de satélites en DTV deberán poder
ser recibidas y emitidas por el sistema de cable.

40. Respecto a los servicios adicionales, las computadoras y los
sistemas de datos deberán ser totalmente compatibles, a
fin de brindar servicios extras a los usuarios.

41. En lo que respecta al desarrollo europeo de la TV digital,
debe considerarse la Directiva 95/47/CE del 24 de octubre de 1995.
Con ella se pretende establecer el marco estratégico global
para la introducción en Europa de los servicios de TV avanzados
y de la TV de alta definición.

42. En términos generales podemos decir que la normativa
de la Comunidad Europea considera indispensable establecer normas
para la transmisión digital de señales de TV que
favorezcan y garanticen la libre competencia. La regulación
se refiere principalmente a los sistemas de transmisión
por cable y satelital cerrados.

43. Al respecto, la norma pone de manifiesto la intención
de salvaguardar los derechos de los ciudadanos en orden a la recepción
de información y la necesidad de garantizar la pluralidad
de ofertas de servicios en régimen de libre competencia.
En este sentido se reconoce la especial relevancia del acceso
condicional para los operadores.

44. Principalmente la Directiva europea se orienta a:

  • Evitar la integración vertical mediante la figura del OSAC
    "operador de servicios de acceso condicional", que debe
    proveer sus servicios técnicos en condiciones equitativas
    y no discriminatorias.

  • Estandarizar el IRD en la mayor parte de sus componentes, de modo
    tal que todos los proveedores de servicios de TV puedan ofrecer
    sus programas a todos los consumidores que pagan.

  • No impone un estándar para el acceso condicional, a fin
    de que sean los interesados mediante acuerdos lleguen al consenso
    con relación a diversas cuestiones.

    45. El esquema regulatorio diseñado por la norma europea
    busca romper el modelo de mercados verticalmente integrados y
    evitar posiciones dominantes. A estos fines introduce la figura
    del OSAC que actúa como intermediario entre los difusores
    y los clientes, proporcionando a estos los decodifiacadores en
    un entorno en libre competencia.

    46. En el marco de la Directiva dada por la Unión Europea
    en España se dicta la Ley 17 de 1997, que sigue los mismos
    lineamientos. Sin embargo en Europa, la referencia más
    avanzada en la regulación del servicio de acceso condicional
    es la del Reino Unido, a través de OFTEL, que se destaca
    por haber abierto el debate en estos aspectos en forma anticipada.


    47. OFTEL, en línea con lo dispuesto por la Directiva 94/47/EC,
    ha otorgado licencias de clase para los "servicios de acceso
    condicional", en los términos de lo dispuesto por
    la Ley de Telecomunicaciones de 1984.

    48. En conclusión, dada la orientación de la regulación
    establecida por la Unión Europea, son básicamente
    tres temas los que se deberán resolver:

  • El precio de los servicios de acceso condicional que son básicamente
    prestadores de servicios intermedios que constituyen un soporte
    para los radiodifusores,

  • La prestación de estos servicios en términos igualitarios
    y no discriminatorios, y

  • La financiación de los IRD para los usuarios

    IV.- Cuestionario

    En lo que respecta al proceso de transformación de los
    sistemas terrestre de TV abierta analógica a digital para
    la República Argentina, se solicita su opinión con
    respecto a:

    1.- ¿Cual considera debe ser el estándar tecnológico
    para nuestro país? ¿Por qué? ¿Se debe
    contemplar en la elección del estándar cuál
    es la tendencia de elección del resto de los países
    del MERCOSUR en razón de garantizar la compatibilidad en
    general y especialmente en áreas de frontera además
    de mejorar la economía de escala?

    2.- ¿Cómo considera que debería ser el proceso
    de migración ante la evolución tecnológica
    de la TV abierta a digital? ¿Debería haber un plazo
    de convivencia de ambos sistemas hasta la migración definitiva?
    En caso afirmativo, ¿Cual debería ser ese plazo? ¿Estima
    que puede haber algún tipo de problema en la coexistencia
    que la regulación debería prever?

    3.- ¿Es apropiado otorgar un canal adyacente para estas transmisiones?
    ¿Considera adecuado establecer períodos de prueba
    o hacer asignaciones de tipo experimental, tal como sucede en
    otras partes del mundo? ¿Es conveniente definir actualmente
    la fecha de devolución de los canales analógicos
    existentes? ¿En el caso de utilizar sistemas digitales de
    compresión que permitan en un ancho de 6 Mhz. la emisión
    de más de un canal, se debe definir la normativa respectiva?
    ¿Los plazos y resoluciones sobre TVD deberían observar
    alguna diferencia entre los canales de Capital Federal y el interior
    del país?

    4.- ¿Considera que la regulación debería garantizar
    una emisión de alta definición (HDTV)?

    5.- ¿Estima que es importante desde el punto de vista regulatorio
    garantizar la interoperatividad de los distintos sistemas de TV
    digital que se implementarán progresivamente? ¿Que
    dificultades advierte que impidan garantizar la interoperatividad?
    Describir las ventajas o inconvenientes que pueden presentarse
    frente a la exigencia de la interoperatividad de los sistemas.

  • Administracionius UNLP

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