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Resolución 2162/97 del 25/07/97





Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 2162/97

Reconócese a la Conferencia Argentina de Religiosos
y Religiosas (CONFAR) como persona jurídica y entidad de
bien público.


Bs. As., 25/7/97

B.O: 21/8/97

VISTO lo solicitado por la CONFERENCIA ARGENTINA DE RELIGIOSAS
Y RELIGIOSOS (CONFAR), y

CONSIDERANDO:

Que la CONFERENCIA ARGENTINA DE RELIGIOSAS Y RELIGIOSOS (CONFAR),
es una persona jurídica eclesiástica, erigida por
la Congregación para los institutos de Vida Consagrada
y las Sociedades de Vida Apostólica de la SANTA SEDE, rigiéndose
por el Derecho Canónico Universal y por las normas particulares
emanadas de la Sede Apostólica, y como tal ha acreditado
su carácter de persona jurídica pública dentro
de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA.

Que la solicitante encuadra dentro del tipo de instituciones que
pueden inscribirse en el Registro de Institutos de Vida Consagrada
conforme lo prevee el artículo 3º, inciso e) del decreto
491/95 y ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la
normativa vigente, acompañando sus estatutos, decreto de
erección, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica
y reconocimiento otorgado por el ARZOBISPADO DE BUENOS AIRES.

Que asimismo requiere se haga saber a la Inspección General
de Justicia que ha optado por continuar funcionando bajo la persona
jurídica que le es reconocida por la presente resolución.

Que hasta el presente funcionaba bajo la forma de asociación
civil con las siguientes denominaciones: "COS - MA - RAS"
y "CAR - CONFER" habiendo resuelto, a través
de sus órganos competentes, continuar funcionando únicamente
bajo la forma aprobada por la ley 24.483, transfiriendo la totalidad
de sus bienes en los términos del art. 3º de dicha
ley y de los artículos 5º, 9º, 16, segundo párrafo,
y concordantes del decreto 491/95.

Que la citada decisión se encuentra acreditada en el expediente
de marres con fotocopias legalizadas de las Actas de Asamblea
Extraordinarias de la Asociaciones Civiles, realizadas el 30 de
octubre de 1996.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en los artículos
1º y 3º de la ley 24.483 y en los artículos 2º,
3º, inciso e), 9º, 14, 15, 16 y concordantes del decreto
491/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a la CONFERENCIA ARGENTINA DE RELIGIOSOS Y RELIGIOSAS
(CONFAR), con sede legal y domicilio especial en Avenida Callao,
número QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE (569). piso 1º,
departamento 1, CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el
número CIEN (100) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconócese a dicha Asociación
de Religiosos y Religiosas el carácter de entidad de bien
público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Hágase saber a la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA, que la Conferencia de religiosos inscripta, que anteriormente
funcionaba bajo la forma de Asociación Civil con las siguientes
denominaciones: "COS - MA - RAS" y "CAR - CONFER,
ha optado por continuar funcionando, únicamente, bajo la
forma aprobada por la ley 24.483, transfiriendo la totalidad del
activo y del pasivo de su patrimonio, en los términos del
artículo 3º de dicha ley y de los artículos
9º, 15, 16 y concordantes del decreto 491/95.

Art. 4º-Requiérase a la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA la remisión a este Registro del expediente
de estatutos y demás antecedentes de la entidad mencionada.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel
M. Centeno.

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