Secretaría de Comunicaciones TELECOMUNICACIONES Resolución 2174/97 B.O.: 24/7/97 Convócase a la Séptima Audiencia Pública
Regional sobre Telecomunicaciones Rurales, destinada a cubrir
la Provincias de La Pampa y Buenos Aires. Bs. As., 18/7/97
VISTO el expediente SC Nº 301/96, lo dispuesto por el Decreto
Nº 1620/96, la Resolución S.C. Nº 57/96, y
CONSIDERANDO:
Que es uno de los objetivos de esta Secretaría dotar al
sector agropecuario, agroindustrial y de servicios relacionados
con el agro de una infraestructura de telecomunicaciones eficiente
y moderna.
Que para ello, resulta de suma importancia obtener un conocimiento
acabado de las necesidades de los sectores involucrados.
Que por Resolución S.C. Nº 57/96 se aprobó
el Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos
de Consulta para las Comunicaciones, siendo necesario aplicar
este procedimiento para conocer la opinión de los distintos
sectores interesados en forma previa al dictado de normas de alcance
general.
Que la utilidad a este respecto del mecanismo de Audiencias Públicas
consultivas ha quedado demostrado con la realización de
la Audiencia Pública sobre Telefonía Rural del 20
de diciembre de 1996 en Buenos Aires, la que aporto valiosa información,
como también en las recientes Audiencias Públicas
Regionales sobre el mismo tema llevadas a cabo a partir del pasado
20 de marzo en la Patagonia, Cuyo, la Región Central y
el NEA
Que con el objeto de facilitar la concurrencia de quienes residen
en zonas alejadas de la Capital, resulta aconsejable trasladar
este sistema de consulta a las distintas regiones de nuestro país,
con la intención de cubrir la totalidad del territorio
nacional.
Que, por lo tanto, es oportuno que esta Secretaría continúe
convocando a la realización de Audiencias Públicas
Regionales en los términos del artículo 15 de la
Resolución S.C. Nº 57/96, a efectos de que los distintos
Interesados hagan conocer al Gobierno Nacional sus necesidades
en cuanto a las comunicaciones en las áreas rurales de
nuestro país, así como sus propuestas acerca de
eventuales soluciones a estos problemas.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por el Decreto Nº 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º - Adóptase el procedimiento
de Audiencia Pública previsto en el artículo 15
del "Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos
de Consulta para las Comunicaciones" a fin de que los distintos
interesados hagan conocer al Gobierno Nacional las necesidades
de telecomunicaciones del sector rural en la región Pampeana
del país, así como sus propuestas o eventuales soluciones
a los problemas existentes en la actualidad. En consecuencia,
convócase a la Séptima Audiencia Pública
Regional sobre Telecomunicaciones Rurales, destinada a cubrir
las Provincias de La Pampa y Buenos Aires, el día 8 de
agosto de 1997, a las 10.00 horas, en el Salón de la Asociación
Italiana "20 de Septiembre de Socorros Mutuos", ubicado
en Calle 17 Nº 957, Ciudad de General Pico, Provincia de
La Pampa.
Art. 2º - Habilítese un Registro de Oradores
de los interesados en exponer en la audiencia pública convocada,
el que funcionará de la siguiente manera:
Del 29 de julio al 6 de agosto de 1997:
- Por telegrama dirigido a esta Secretaría de Comunicaciones,
Sarmiento 151 - 4º piso (1000) Capital Federal
- Por fax, al 01 - 318-9448
El día 7 de agosto de 15.00 a 20.00 horas:
- Personalmente en la Municipalidad de Gral. Pico (planta alta),
ubicada en Av. San Martín 451, Ciudad de General Pico,
Provincia de La Pampa.
- Por fax, a los números (0302) 34019 / 34225
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Germán Kammerath.